Economía y Política

Ingresó al Senado proyecto de Superintendencia de Educación

Establece el deber de mantener y actualizar la información relativa a la situación patrimonial de cada institución.

Por: | Publicado: Miércoles 23 de noviembre de 2011 a las 05:00 hrs.
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Por Rodolfo Carrasco



El gobierno ingresó al Senado el proyecto crea la Superintendencia de Educación Superior (SES), servicio público funcionalmente descentralizado dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, cuyo objeto será fiscalizar, en las materias de su competencia, a las universidades, institutos profesionales y centros de formación técnica.

Entre las funciones y atribuciones de la SES se cuenta fiscalizar el cumplimiento, por parte de las instituciones de educación superior, de las obligaciones de información que por ley les corresponde, pudiendo, para estos efectos, realizar u ordenar auditorías; el cumplimiento de la prohibición de efectuar publicidad engañosa; el respeto a los términos, condiciones y modalidades conforme a las cuales las instituciones hubieren ofrecido o convenido con el estudiante la prestación de los servicios correspondientes.

Asimismo, deberá velar porque que la rendición de exámenes u otras evaluaciones o el otorgamiento de títulos, diplomas o certificaciones no estén condicionadas a exigencias pecuniarias que no se hayan hecho públicas al tiempo de celebrarse el contrato de prestación de servicios educacionales; y, el cumplimiento de la regulación aplicable a las operaciones con personas relacionadas que realicen las universidades.

También le corresponderá organizar, actualizar y administrar un registro público de socios o miembros y directivos de las instituciones de educación superior; aplicar e interpretar administrativamente las normas legales y reglamentarias cuyo cumplimiento le corresponde fiscalizar, e impartir instrucciones; conocer y absolver las consultas que voluntariamente formularen las universidades fiscalizadas conforme a la ley.

El proyecto establece el deber de la Superintendencia de Educación Superior de mantener y actualizar la información relativa a la situación patrimonial, estados financieros debidamente auditados, a la individualización de los socios, miembros y directivos de las instituciones de educación superior y, cuando corresponda, la información relativa a sus operaciones con personas relacionadas.

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