Gobierno aumenta impuesto a operaciones bursátiles para financiar la Pensión Universal
Se propuso una tasa de 10%, el doble que el tributo original. Se mantuvieron ajustes en beneficios para la construcción, el mercado de capitales, IVA para servicios y seguros de vida.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Martes 21 de diciembre de 2021 a las 16:10 hrs.
El ministro Cerda expuso el proyecto de PGU en la comisión de Hacienda de la Cámara. Foto: Agencia Uno
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El Gobierno sorprendió y finalmente ayer anunció el ingreso del proyecto que crea una Pensión Garantizada Universal (PGU) por la Cámara de Diputados y no por el Senado, como se había anticipado.
De hecho, la nueva propuesta es una indicación a la ley corta de pensiones, radicada en la comisión de Hacienda de la Cámara y que fue presentada al Parlamento el 21 de septiembre pasado. Con este paso, el Ejecutivo reactivó el trámite de la iniciativa al ponerle urgencia de "discusión inmediata".

Dicha iniciativa legislativa consideraba también el financiamiento de la ampliación del Pilar Solidario, la que se solventaría con ajustes o eliminación de exenciones tributarias por US$ 1.200 millones.
Ahora, bajo el nuevo esquema, el Gobierno ingresó como indicación el diseño de la nueva PGU, por una parte; y en otro proyecto paralelo, su financiamiento vía exenciones tributarias.
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Según la presentación del ministro de Hacienda, Rodrigo Cerda, se mantienen los cambios que consideraba la ley corta en materia de exenciones, como establecer un impuesto único a las ganancias de capital para operaciones bursátiles líquidas del artículo 107 de la Ley de Impuesto a la Renta (LIR); la reducción transitoria por dos años y posterior eliminación del crédito especial de IVA para las empresas constructoras; el término de los beneficios tributarios para la tercera vivienda en adelante para quienes hayan adquirido inmuebles DFL 2 antes de 2011; la afectación con IVA a todos los servicios, excepto en salud, educación, transporte y para todos los contribuyentes que emitan boletas de honorarios; y la tributación con impuesto a la herencia para los seguros de vida.

Sin embargo, el Ejecutivo estableció una modificación, fijando en 10% el impuesto único para las operaciones bursátiles, superior al 5% propuesto inicialmente.
Así, la tasa se ubica en la parte media del rango propuesto por los economistas convocados por Hacienda en enero, que la situaron entre 5% y 15%. En la propuesta del Ejecutivo quedan fuera de este gravamen los inversionistas institucionales, como las AFP.
Cabe recordar que la comisión de Trabajo de la Cámara aprobó que dichas operaciones estén gravadas con el Impuesto Global Complementario, lo que implica una tasa progresiva de hasta un 40%.
En régimen, con estas medidas se buscan financiar US$ 1.200 millones, un 0,35% del Producto Interno Bruto (PIB).
El Ejecutivo también detalló las fuentes adicionales para financiar la propuesta previsional: por una parte, se echará mano a la provisión de mayor gasto en la Ley de Presupuestos 2022 y mediano plazo, de entre 0,4% a 0,5% del PIB; y se redestinarán recursos que servirían como aportes al Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), reduciendo de 0,2% del PIB a 0,1% el aporte y utilizando dicha diferencia en solventar la PGU.
La propuesta El monto máximo de la PGU, de $ 185 mil mensuales, será para quienes tienen una pensión autofinanciada base menor o igual a $ 630 mil, que se denomina "pensión inferior", e irá disminuyendo en forma gradual de acuerdo a una fórmula que incluye hasta las personas que perciben una pensión base menor a $ 1 millón, que se define para el cálculo como "pensión superior".
La PGU entrará en vigencia el primer día del tercer mes luego de su publicación en el Diario Oficial para las personas que sean beneficiarias de pensiones básicas solidarias de vejez y otras personas comprendidas en el Pilar Solidario, mientras que los nuevos solicitantes que cumplan con los requisitos podrán acceder a partir del séptimo mes.
Para acceder a la PGU se requiere haber cumplido 65 años de edad y no integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población de 65 o más años y acreditar residencia en el territorio de Chile por un lapso no inferior a veinte años continuos o discontinuos, entre otros.
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