Gobierno defiende fórmula para distribuir jornada al partir tramitación del proyecto de adaptabilidad laboral
La propuesta inició este martes su análisis en la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados.
Por: Carolina León
Publicado: Miércoles 22 de julio de 2026 a las 04:00 hrs.
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El anuncio ya estaba hecho, pero finalmente esta semana el gobierno ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto que crea un régimen laboral especial para el turismo y, de paso, abre uno de los principales debates de la Ley de 40 Horas: la flexibilidad para distribuir la jornada. Así, la iniciativa ya empezó a ser analizada por la comisión de Trabajo de la instancia.
El proyecto permite que la jornada ordinaria pueda promediarse durante un período de hasta 16 semanas en el régimen general, reemplazando el actual límite de cuatro semanas establecido en la norma vigente. Y, además, habilita un esquema de hasta 52 semanas para los trabajadores comprendidos en el inciso quinto del artículo 38 del Código del Trabajo, estos son los de casinos de juego, hoteles, pubs, discotecas, restaurantes, clubes, bares y similares, y los operadores de turismo.
El cambio permitiría distribuir las horas considerando períodos de alta y baja demanda mucho más extensos que los actuales. De esta forma, una empresa turística podría concentrar jornadas cercanas al máximo permitido durante la temporada alta y compensarlas con semanas en los meses de menor actividad, siempre respetando el promedio legal en el ciclo acordado.
El mensaje presidencial argumenta que el límite actual de cuatro semanas resulta insuficiente para reflejar la estacionalidad propia de esta industria.
El proyecto permite que la jornada ordinaria pueda promediarse durante un período de hasta 16 semanas en el régimen general, reemplazando el actual límite de cuatro semanas establecido en la Ley de 40 Horas. Y, además, habilita un esquema de hasta 52 semanas para los trabajadores del turismo.
Los límites
La nueva forma de distribución implica fijar de común acuerdo un calendario con la distribución diaria y semanal de las horas de trabajo en el ciclo.
Con todo, las partes podrán acordar diferentes opciones y con una anticipación no inferior a una semana al inicio de cada mes del ciclo respectivo.
Adicionalmente, el proyecto contempla límites en la bajada práctica de la jornada.
Según explicaron desde Albornoz & Cia, en el caso del ciclo general de hasta 16 semanas, estas tendrán un tope máximo de trabajo semanal de 45 horas ordinarias, pero sólo se podrán laborar hasta cuatro semanas continuas con ese tiempo.
En el caso del turismo, el máximo de las semanas continuas de trabajo de 45 horas será de ocho dentro del respectivo ciclo. No obstante, dentro de lo que se pacte, agregaron desde la firma, la jornada semanal no podrá superar las 40 horas ordinarias en más de la mitad de las semanas. Es decir, en el ciclo de hasta 16, a lo menos en ocho de ellas debe laborarse un máximo de 40 horas; y en el de 52 semanas, a lo menos 26.
En el caso de trabajadores que no pertenezcan al turismo -la regla general-, vía negociación colectiva o pactos con sindicatos, y sólo respecto de sus afiliados, se permitirá pactar un ciclo mayor a las 16 semanas, pudiendo alcanzar hasta 52 semanas, con un tope máximo de jornada semanal de 45 horas.
“Hoy en día, en las cuatro semanas, se pueden trabajar dos semanas continuas hasta 45 horas, pero se pueden trabajar tres discontinuas. En el fondo la ley permite 45, 45, 25 y 45. Es decir, tres de cada cuatro semanas se podría trabajar el tope. Y a eso se podrían agregar horas extra. Nosotros proponemos poner un tope de un 50% máximo, que no se pueda trabajar más de la mitad sobre 40 horas. Es cierto que para períodos con alta demanda podemos concentrar más semanas, pero en un ciclo de 16 semanas nunca se va a trabajar más de ocho semanas más de 40 horas”, dijo el ministro del Trabajo, Tomás Rau, en la comisión de Trabajo.
El proyecto también modifica el mecanismo de compensación de horas extraordinarias por días adicionales de descanso al introducir ajustes que facilitan su uso efectivo. En particular, se sube el límite anual de días compensables, se amplía el plazo para hacer uso de ellos y se regulan las reglas para su solicitud y otorgamiento.
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