Los argumentos en disputa que escuchó el TC por proyecto de segundo retiro de la oposición
El proceso finalizará el viernes con los alegatos del Gobierno, el Senado y la Cámara de Diputados.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Jueves 17 de diciembre de 2020 a las 04:00 hrs.
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El Tribunal Constitucional (TC) inició ayer el estudio formal del requerimiento presentado por el Gobierno para impugnar el proyecto de reforma a la carta magna que permite un segundo retiro de fondos de pensiones iniciado por diputados de oposición.
El pleno del TC, encabezado por su presidenta María Luisa Brahm, escuchó a nueve abogados como parte de la primera fase de un proceso que finalizará el viernes con los alegatos del Gobierno, el Senado y la Cámara de Diputados. Incluso, esa misma tarde podría haber una decisión del TC.
La jornada de audiencias partió con Sergio Verdugo, quien precisó que es el Presidente de la República quien lidera iniciativas de gasto público y seguridad social. “El Congreso por 3/5 no puede hacer cualquier cosa, debe someterse a los estándares de unidad que nuestro sistema presidencial tiene”, dijo.
A esta posición se sumó la representante de la Fundación Cuide Chile, Andrea Iñiguez, quien se mostró proclive a que se acoja el recurso del Ejecutivo. “Nos preocupa que mediante una forma fraudulenta de normas transitorias el Congreso soslaye atribuciones de otros poderes” y que, por “este mismo mecanismo, se podrían afectar las normas del proceso constituyente”.
El excanciller y exministro de Justicia, Teodoro Ribera, afirmó que el legislador no es el configurador de un derecho esencial per se y que “el poder constituyente derivado (Congreso) debe reconocer los límites que establece la Constitución”.
Críticos del requerimiento
Ya en el terreno de los cuestionamientos al requerimiento y a nombre de la senadora Ximena Rincón y el diputado Matías Walker -ambos DC-, Tomás Jordán solicitó rechazar la acción, “porque lo que está en juego es la determinación de los límites del Congreso para reformar la Constitución, es un caso teórico de laboratorio”.
A su juicio, “es una consulta para determinar si el poder constituyente derivado tiene facultades de reformar la Constitución por la vía de artículos transitorios. Además, no hay proyecto concreto a controlar”, porque al que se hace referencia fue aprobado en la Cámara de Diputados, modificado en el Senado y luego rechazado.
También alineada con que se rechace la medida, Javiera Toro, del Partido Comunes, señaló que el Presidente pretende que la instancia resuelva sobre las facultades del Poder Legislativo para realizar reformas constitucionales.
Para José Antonio Ramírez, quien expuso a nombre del PPD, las razones para desestimar el tema responden a que “el Congreso es parte del poder constituyente derivado y no se pueden restringir las facultades del Parlamento”.
De hecho, Xavier Palominos, del Partido Regionalista Verde, señaló que “el proyecto no adolece de ninguna inconstitucionalidad. Se cumplen todos los requisitos”. Además, “se quiere impugnar un proyecto idéntico a otro que sí aceptó, este requerimiento no es jurídico-constitucional, es político y para resolver estos temas el Presidente puede vetar o pedir un plebiscito”.
Por los diputados socialistas intervino el abogado Enrique Aldunate, quien señaló que no existen inconstitucionalidades y “el requerimiento discurre a nuestro juicio artificialmente en enfatizar en la supuesta existencia de límites materiales en la tramitación del proyecto de reforma constitucional. El requerimiento intenta sin éxito afirmar que es posible un control de fondo de una reforma constitucional”.
La visión desde la experiencia del retiro
En la audiencia también participó José González, quien expuso el caso de su padre, que dijo fue el primer recurrente que obligó a una AFP a la entrega de fondos en Talca.
A su turno, planteó que se debe rechazar el requerimiento de la administración Piñera, porque “se trata de una reforma que devuelve los dineros que las personas tienen en las AFP. Las AFP no fueron creadas para pagar pensiones, no constituyen seguridad social”.
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