Promulgada extensión del postnatal de emergencia: ¿quiénes pueden acceder al beneficio?
Se establece que quienes cumplan requisitos tendrán derecho a percibir por hasta tres meses una prestación mensual equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a un $1 millón.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Viernes 4 de junio de 2021 a las 11:48 hrs.
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En una actividad en La Moneda, el presidente de la República, Sebastián Piñera, acompañado por la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Mónica Zalaquett, promulgó la Ley que extiende el Postnatal parental de emergencia por tres meses producto de la pandemia.
Piñera destacó que la normativa es una buena noticia para las futuras madres y que busca compatibilizar mejor la crianza con el trabajo. Agradeció también el respaldo en el congreso de todos los sectores para aprobar en dos semanas la normativa.
¿Quiénes pueden acceder al beneficio?
Trabajadores dependientes: se modifica el artículo 4° de la ley N° 21.247, estableciendo que podrán suspender unilateralmente sus contratos de trabajo aquellos trabajadores que hayan hecho uso de una o más licencias médicas preventivas parentales.
En caso de cumplir con dichos requisitos, tendrán derecho a percibir por hasta tres meses una prestación mensual equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a $1 millón. A su vez, para aquellos trabajadores que hayan recibido un monto superior a $1 millón, podrán recibir un 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.
Trabajadores independientes: tendrán derecho a un bono de cargo fiscal, por hasta tres meses, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a $ 1 millón, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o $ 1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor.
El bono debe solicitarse ante el Instituto de Previsión Social y la Superintendencia de Seguridad Social será la entidad encargada de fiscalizar el otorgamiento, pudiendo dictar una norma de carácter general.
Funcionarios públicos: tendrán derecho a un permiso sin goce de remuneración por hasta tres meses, en el cual recibirán un bono mensual con cargo a la respectiva entidad, equivalente al 100% de la licencia médica parental preventiva, siempre que esta sea igual o inferior a $1 millón, o de 70% de la licencia médica parental preventiva o $1 millón, dependiendo del monto que resulte mayor. Las cotizaciones previsionales serán de cargo de la entidad empleadora. El pago del beneficio debe ser solicitado ante la entidad empleadora.
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