TC apoya a la Dirección del Trabajo: funcionarios no pueden ir a la justicia para temas laborales
Entidad volvió a pronunciarse sobre este tema a raíz de una demanda laboral presentada por la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo de Chile (Anfuntch). Tribunal reiteró que deben recurrir a la Contraloría.
Por: Carolina León
Publicado: Jueves 25 de junio de 2020 a las 04:00 hrs.
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A fines de agosto de 2019, la Asociación Nacional de Funcionarios del Trabajo de Chile (Anfuntch) presentó una demanda laboral en contra de la Dirección del Trabajo (DT), en la cual los funcionarios del servicio acusaron al entonces titular de la entidad, Mauricio Peñaloza, de actuar "arbitrariamente" y de realizar prácticas antisindicales.
En la demanda ante el 2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, acusaron al entonces director de generar un mal clima entre las dos organizaciones de funcionarios que tiene la DT, esto tras realizar una nivelación de grados.
“Detectamos casos de mejoras de grado que se fundan exclusivamente en fines partidistas, a colegas que tienen cercanía política con el director nacional. Pero, lo peor, es que en las mejoras de grado aparecían cuatro altos dirigentes de la Asociación APU, tres del directorio nacional además del presidente regional metropolitano, insistimos, todos ellos totalmente al margen de cualquiera de los criterios”, denunciaron los funcionarios.
Ante esto, el servicio optó por recurrir al Tribunal Constitucional (TC) para detener el avance de la demanda, argumentando que “no existe ninguna ley que le entregue competencia de los Juzgados de Letras del Trabajo para conocer de denuncias de vulneración de derechos fundamentales por parte de funcionarios públicos”.
La sentencia
Tras varios meses de espera, el TC entregó su sentencia y dio la razón al servicio, reiterando que los funcionarios públicos no tienen tutela laboral. ¿Qué significa esto? Que los empleados estatales no podrían denunciar ante los tribunales de justicia despidos arbitrarios, discriminación, violación a la libertad de expresión, entre otras causas.
El TC planteó que cuando los tribunales laborales analizan denuncias presentadas por funcionarios públicos “se arrogarían atribuciones de las que carecen”.
¿La razón tras esto? la tutela laboral es un figura para que los trabajadores del sector privado -los que se rigen por el Código del Trabajo- puedan recurrir a la justicia si ven afectados sus derechos. Lo que no aplica para los funcionarios públicos, quienes se rigen por otra figura y tienen otros mecanismos.
“Revisar actos relativos a funcionarios y la asociación que aquellos conforman, conforme a unos criterios laborales propios del sector privado, por unos tribunales especiales sólo en este último ámbito, implica desconocer el concepto de juez natural y la regulación integral de la carrera funcionaria”, dice la sentencia.
Para reforzar este planteamiento, el TC refuerza que los funcionarios cuentan con un procedimiento para reclamar en caso de vulneración: la Contraloría General de la República.
"Los artículos 160 de la Ley N° 18.834, del estatuto administrativo general, y 156 de la Ley N° 18.883, del estatuto administrativo municipal, franquean la posibilidad de reclamo ante la Contraloría General de la República, la que -últimamente- por Resolución N° 168, de 16 de enero de 2019, ha creado a este fin la Unidad de Protección de Derechos Funcionarios", recalca el texto.
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