El Servicio de Impuestos Internos (SII) aclaró el
marco normativo vigente que establece beneficios tributarios para contribuyentes
que efectúen donaciones destinadas a la recuperación de zonas de catástrofe
afectadas por el terremoto.
El organismo fiscalizador explicó que la
medida –que rige tanto para donantes empresas como personas naturales sean
chilenos o extranjeros- consiste en la deducción del todo o parte del monto
donado de la renta afecta a impuesto.
El SII también aclara que el aporte puede
realizarse en dinero como en bienes.
El SII recomienda efectuar las donaciones a
entidades de reconocida experiencia en la recepción y administración
transparente de este tipo de recursos. A modo ejemplar: Fundación Teletón, Cruz
Roja, Hogar de Cristo, Un Techo Para Chile, etc.
Para efectos de acreditar tales donaciones en
eventuales procesos de fiscalización a donantes que invoquen el beneficio,
Impuesto Internos aclara que serán aceptables aquellos medios de prueba usuales
y corrientes como depósitos o transferencias bancarias a cuentas acreditadas,
facturas o boletas de compra, guías de despacho, contratos de transporte o
despacho, contabilidad fidedigna, etc.