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Demandas por responsabilidad civil, la figura que estudian los minoritarios contra directores

Las administradoras de fondos de pensiones están a la espera de lo suceda en los próximos días para decidir la conveniencia de presentar estos recursos legales.

Por: | Publicado: Lunes 6 de agosto de 2012 a las 05:00 hrs.
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Por Jimena Catrón Silo



Después del pronunciamiento de la Superintendencia de Valores y Seguros del viernes pasado, el escenario cambió radicalmente para los directores de Enersis. Esto porque las AFP contarían ahora con argumentos para iniciar acciones legales y demandar a los miembros del directorio por responsabilidad civil.

La razón está en el artículo 42, número 1, de la ley de Sociedades Anónimas: “(los directores no podrán) proponer modificaciones de estatutos y acordar emisiones de valores mobiliarios o adoptar políticas o decisiones que no tengan por fin el interés social”. Esto quiere decir que no puede tomar la decisión de llamar a una junta de accionistas para modificar el capital social si no es para el beneficio de todos los accionistas, y no sólo de quienes representan o de quienes recibieron votos.

Y según explican fuentes legales de las administradoras de fondos de pensiones, tal como estaba estructurada la operación, sólo beneficiaba al controlador.



Pronunciamientos


En caso de que los directores se pronuncien y, como se espera, finalmente rechacen la operación (con la valorización de activos de Endesa Latam que realizó Eduardo Walker), la posibilidad de presentar estos recursos legales se mantiene, pero perderían peso debido a que el perjuicio en el que resultó el actuar de los directores de no haberse pronunciado antes sólo se traduciría en la caída en el precio de la acción de la compañía, y lo más probable es que éste se recupere en este nuevo contexto.



Unanimidad de uno


Si se da el caso que la Superintendencia de Valores y Seguros estime necesario que todos los directores relacionados al controlador o que sin los votos de éste no podrían haber sido elegidos, deban abstenerse de votar en la mesa esta operación, con lo cual sólo Rafael Fernández podría votar, el escenario es algo más complejo.Esto porque la ley no trata casos como éste. Según comentan fuentes del sector, lo que debiera suceder entonces es que se llame a una junta extraordinaria de accionistas para que se pronuncie sobre la materia y, automáticamente, se solicite el informe de un evaluador independiente. Como no se maneja un plazo determinado para la entrega del informe, lo más probable es que la citación a junta del 13 de septiembre sea revocada. Luego, el informe debiera ser aprobado por la junta de accionistas.

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