Mercados
Bolsa critica norma de SVS que iguala regulación de AGF y corredoras
La Bolsa de Comercio pidió que sólo los nuevos contratos se firmen de acuerdo a la norma presentada.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 24 de septiembre de 2012 a las 05:00 hrs.
Por maximiliano villena
Una fuerte crítica fue la que realizó la Bolsa de Comercio de Santiago en su comentario a la norma en consulta emitida por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), que busca igualar las condiciones regulatorias para las Administradoras General de Fondos (AGF) y las intermediarias de valores en el negocio de administración de cartera.
Según la carta enviada por la plaza, firmada por su gerente general, José Antonio Martínez, el proyecto de circular contempla un sinnúmero de restricciones, “algunas de las cuales si bien permiten ser excepcionadas en el contrato mismo, constituyen una importante fuente de restricciones a la libertad del mandatario para desarrollar la actividad; restricciones que plantean riesgo de desnaturalizar la actividad de la administración de cartera de terceros”.
El proyecto contempla la fusión de dos normas que regulan el negocio de la banca privada en Chile, una desde las intermediarias y la otra desde las AGF, siendo la primera mucho menos exigente que la segunda. Así, la iniciativa demanda, tal como ocurre en la actualidad con las administradoras, la fijación de políticas para el cobro diferencial de comisiones, y el cargo de gastos asociados al pago de servicios complementarios, entre otros.
Al respecto, la Bolsa indica que “el no permitir al intermediario replicar al cliente todo gasto que pueda generar un tipo de inversión y que no haya sido expresamente señalado en el contrato, puede limitar las posibilidades de inevrsión”.
Apunta, además, que “establecer el porcentaje o monto máximo que el intermediario le podrá cargar al cliente por concepto de remuneración por concepto de cobros de fondos o vehículos de inversión puede limitar las posibilidades de inversión”.
Sobre las restricciones que se impone a la realización de operaciones fuera de Bolsa, la plaza señala que dicha “restricción deja fuera la posibilidad de participar en colocaciones de acciones nacionales y extranjeras que se efectúen fuera de bolsa. Lo mismo, en una oferta pública de adquisición de acciones y en una venta de más del 10% de las acciones de una sociedad, todas operaciones que por ley pueden efectuarse fuera de bolsa”.
Por último, la Bolsa de Comercio pide al regulador que “sólo los contratos que se suscriban desde la vigencia de esta circular en adelante se realicen de acuerdo a las nurnas normas”, pues los exsitentes a la fecha se adoptaron de acuerdo a la regulación existente.