Un cambio significativo en el sistema de pagos a través de tarjetas de crédito introducirá la nueva normativa que pusieron en consulta el Banco Central y la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF).
Con ello, el sistema de tarjetas de crédito pasaría de ser simplemente supervisado por la autoridad a estar efectivamente regulado.
El Banco Central señaló el viernes que “la intensificación en el uso de medios de pago electrónicos y, en consecuencia, su mayor incidencia en el funcionamiento de la economía, requieren que los emisores y operadores de tarjetas de crédito cumplan con altos estándares de solvencia, liquidez, gestión de riesgos y de divulgación de información financiera”.
De acuerdo al comunicado que el instituto emisor presentó, la nueva norma, entre otros cambios, “suprime el régimen diferenciado aplicable a aquellos emisores que pagan al contado o dentro de tres días de aquellos otros que lo hacen en un plazo superior; explicita que el universo de fiscalizados corresponde a la totalidad de entidades que asuman responsabilidades de pagos en forma habitual con comercios afiliados no relacionados; fortalece los requisitos de capital, liquidez y de reporte de información para emisores y operadores; y aumenta la responsabilidad asignada al gobierno corporativo de las entidades fiscalizadas”.
¿Qué se modifica?
En el documento de la SBIF y el instituto emisor se explica que, a diferencia de lo que ocurre con la normativa actual de supervisión del sistema, la diferenciación entre emisores se determinará por los montos mensuales que se paguen a los comercios asociados.
Con ello, la eliminación del régimen diferenciado para firmas que pagan al contado o en un plazo máximo de tres días hace que éstas estén efectivamente más fiscalizadas, situación que no se daba en la normativa actual.
Por otra parte, la liquidez requerida por los emisores también se modificará, ya que el plazo máximo para el pago a los comercios asociados se determinó en 30 días. Según el Banco Central, este requerimiento “busca asegurar el pago oportuno de obligaciones, a la vez que provee incentivos a convenir plazos de pago más breves con dichas entidades”.
Para los operadores de tarjetas de crédito, las exigencias de capital y liquidez son idénticos, pero solamente sobre la base de aquellos pagos efectuados por los emisores respecto de los cuales asumen responsabilidad de pago. En caso de no asumir responsabilidad, el capital exigido es de UF 25.000.