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Tributaria: Hacienda corrige norma transitoria antielusión y asegura votos en comisión

El Ejecutivo busca eliminar la retroactividad en la normativa, condicionándola a la alteración de elementos fundamentales del contrato.

Por: narayan vila | Publicado: Martes 12 de enero de 2016 a las 04:00 hrs.
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El gobierno avanza, pero no convence. A esa conclusión llegaron diputados del oficialismo y la oposición, además de expertos tributarios, luego de conocer la última indicación pendiente para aclarar el proyecto de simplificación de la reforma tributaria, presentada ayer por el gobierno y que busca aclarar la cuestionada norma general antielusión.

La propuesta, establece que los hechos, actos o negocios realizados antes del 30 de septiembre de 2015 no podrán ser revisados por el Servicio de Impuestos Internos (SII), “salvo cuando a partir de la citada fecha se hayan modificado las características o elementos que determinen sus consecuencias jurídicas para la legislación tributaria”.

Es decir, los contratos celebrados antes del 30 de septiembre del año pasado no serán sometidos a fiscalización, a menos que cambie la redacción de parte de sus elementos fundamentales, con aplicación de la norma antielusión sólo para los efectos posteriores a esa fecha.

“Estos contratos no podrán ser revisados cuando sus características o elementos que determinan sus consecuencias jurídicas no hayan sido modificados a partir del 30 de septiembre, o sea, cuando no hayas alterado el contrato”, explicó el director ejecutivo del Centro de Estudios Tributarios de la Universidad de Chile, Gonzalo Polanco.

El experto destacó positivamente la indicación de Hacienda, aunque manifestó reparos. “Es complejo determinar las características o elementos que determinan sus consecuencias jurídicas. ¿Es la cosa y el precio? En general puede ser, pero también hay especificidades en cada contrato”, expresó.

En la misma línea se manifestó el presidente del Instituto Chileno de Derecho Tributario, Rodrigo Benítez, quien valoró la propuesta del Ejecutivo, afirmando que “resguarda en mejor medida la irretroactividad de la norma antielusión”, pero aseguró que es limitada. “Sólo clarifica la aplicación de la norma transitoria, no así la aplicación de la norma permanente antielusión”, expresó.

Benítez sintonizó con Polanco y sostuvo que “es difícil que un fiscalizador logre identificar estas características o elementos que determinan sus consecuencias jurídicas, puesto que hay que analizar la intención que tuvieron las partes al celebrar un acto o contrato. Este análisis en legislación comparada se denomina sustancia sobre la forma y siempre ha sido subjetivo y de muy difícil prueba”.

Diputados comparten aprensiones

El diputado integrante de la comisión de Hacienda de la Cámara, Pablo Lorenzini, concordó con los especialistas. A su juicio, la indicación es un avance, pero “deja un espacio al SII para interpretaciones”. Algo con lo que el Ejecutivo esperaba terminar con su proyecto de simplificación de la reforma tributaria.

El oficialismo respaldará, de todas formas, la propuesta del Ministerio de Hacienda. Misma postura tendrán los diputados de la oposición, quienes adelantaron su respaldo a la indicación transitoria de la cláusula antielusión.

Eso sí, el rechazo al artículo permanente de la norma se mantendrá, bajo el argumento que “se mantiene un modelo tributario muy engorroso”.

La comisión de Hacienda de la Cámara votará, esta mañana, la propuesta que simplifica la reforma tributaria y, probablemente, será aprobada, dada la mayoría oficialista.

Durante la tarde, el proyecto será recibido por la Sala de la corporación.El gobierno mantiene su intención de aprobar la iniciativa antes del 31 de enero.

 

SII recibió más de 41 mil solicitudes de retasación de propiedades

El Servicio de Impuestos Internos (SII) recibió un total de 41.594 comunicaciones de tasación a valor de mercado de bienes raíces, en el marco de lo establecido en la reforma tributaria aprobada en septiembre de 2014.


El nuevo marco impositivo otorgaba a los contribuyentes la posibilidad de actualizar el valor de las propiedades a septiembre del 2014, para efectos de determinar el valor tributable en la venta de las mismas a partir de 2017.


El proceso de recepción de las solicitudes a través del formulario 2897 se inició el primero de enero de 2015 y culminó el pasado 31 de diciembre, de acuerdo con los plazos establecidos por la misma ley.


Según detalló el servicio, los contribuyentes prefirieron entregar la información a través de la plataforma web de la entidad, ya que por ese canal se recibieron 33.094 comunicaciones y apenas 8.500 formularios se entregaron de manera presencial, concentrándose en la Dirección Regional Oriente más del 75% de las tasaciones recibidas, y la mitad de ellas en los últimos 4 días de diciembre.


Para absorber la demanda, las oficinas regionales Metropolitana y de Valparaíso extendieron el horario de atención el día 31 de diciembre hasta las 14:00 horas, y la aplicación de recepción en Internet estuvo disponible hasta las 00:00 horas.


Cabe recordar que entre las iniciativas que están incluidas en el proyecto de adecuación de la reforma tributaria -actualmente en tramitación en el Congreso- hay una indicación que extiende por seis meses el plazo para presentar la retasación.


"En este sentido, el Servicio de Impuestos Internos está abierto a reanudar la recepción de la información por todos los canales disponibles, en cuanto la ley lo faculte para ello", aseguró la institución en un comunicado.

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