Energía

CDE presenta demanda conjunta ante la justicia contra tres mineras por daño ambiental

La acción recae sobre Escondida, Zaldívar y Albemarle por la extracción continua del Acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo, al sur del Salar de Atacama.

Por: Karen Peña | Publicado: Martes 5 de abril de 2022 a las 20:30 hrs.
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Foto: Archivo
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Una dura demanda de reparación por daño ambiental presentó el Estado de Chile el pasado 30 de marzo contra Minera Escondida Limitada, Albemarle Limitada y Compañía Minera Zaldívar SpA. Esto, por la extracción continua de recursos hídricos del Acuífero de Monturaqui-Negrillar-Tilopozo ubicado en la zona sur del Salar de Atacama, teniendo por efecto “un descenso superior a 25 centímetros del nivel freático, superándose con ello de forma permanente en el tiempo, desde el año 2005, la disminución máxima aceptable que pueden soportar los sistemas vegetacionales del sector de Tilopozo”.

En sí, se habla de diferentes cifras de extracción de agua: 1.400 l/s de Escondida; 212,75 l/s de Zaldívar; y 6 l/s de Albemarle.

Según asegura el Consejo de Defensa del Estado (CDE) en un escrito de 77 páginas presentado ante el Primer Tribunal Ambiental, esto trajo como consecuencia el deterioro “grave, permanente e irreparable” de -por ejemplo- el acuífero en cuestión, comprometiendo su capacidad de regeneración y la diversidad biológica asociada, la biodiversidad en el área sur del Salar de Atacama, y los sistema de vida y costumbres de grupos humanos.

Para el CDE, las firmas hicieron un uso conjunto del mismo recurso natural renovable durante décadas sin cautelar su regeneración de forma efectiva y prefirieron ignorar un límite objetivo a la extracción de agua establecido en dos instrumentos de gestión ambiental para no paralizar ni obstaculizar sus actividades económicas.

“De las tres, solo Minera Escondida cesó la extracción el 31 de diciembre de 2019, continuando las dos empresas hasta hoy, prolongando la extracción incluso hasta 2025, en el caso de Compañía Minera Zaldívar y 2040 en el caso de Albemarle, aumentando con ello los descensos sostenidos del acuífero”, agregan.

A juicio de la parte demandante, con independencia de que los compromisos y obligaciones ambientales nacieron en principio para Escondida, Zaldívar y Albemarle “no ignoraban, ni podían ignorar que la superación del umbral de 25 cm activó los deberes de cuidado (...), por el solo hecho se extraer agua subterránea del acuífero, debiendo haber adoptado medidas tan pronto la SMA formuló cargos a Escondida”.

Así, se pide acoger la demanda, con costas, declarando haberse producido daño ambiental y condenar a repararlo mediante obligaciones. Entre ellas, figura la elaboración de estudios, detención inmediata y total de las extracciones desde los pozos de bombeo en la cuenca salvo aquellas mínimas que la DGA, medidas de mitigación, entre otras.

La demanda se da en un contexto en que han salido a la luz diversas acusaciones por daño ambiental. Probablemente la próxima semana se revisará si el Tribunal acoge a trámite la acción.

Mineras se defienden

Consultada, desde Escondida explicaron que la acción judicial se basa en los cargos presentados por la SMA, que no comparte. “La compañía está plenamente convencida de haber actuado conforme a sus obligaciones ambientales establecidas en la RCA. Esta es información que reportó por más de 20 años a la autoridad y cuenta con estudios técnicos. La compañía seguirá con las distintas instancias que le otorga la ley para demostrarlo”, indicaron.

Por su parte, Minera Zaldívar aseguró que ha ejercido sus derechos de extracción de agua del acuífero de acuerdo con lo evaluado y autorizado ambientalmente. “Así lo ratifican distintas fiscalizaciones y requerimientos de información realizados por la SMA, a partir de los cuales nunca se han levantado cargos contra la compañía”, dijeron.

Por esta razón, “no entendemos la demanda presentada”. Detallaron que la firma extrae 212,75 l/s de este acuífero, lo que según los estudios más conservadores equivale a la mitad de la capacidad de recarga de esta subcuenca. Además, “los efectos de dicha extracción están dentro del rango evaluado ambientalmente, que fue considerado en los permisos otorgados, sin que exista evidencia de daño ambiental”.

En tanto, Albemarle valoró que se ponga el foco en el efecto ambiental de la extracción de agua fresca desde el sector de Tilopozo. “Es necesario mirar la cuenca del salar de Atacama como un todo, de manera integral. Aunque no hemos sido notificados de la demanda, estamos revisando las alegaciones del CDE”, indicaron.

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