Entre Códigos

Colusión: los siete casos de delación compensada que ha presentado la FNE

El cartel del papel tissue es el primero donde se revoca su sentencia y se multa a la firma que se acogió al beneficio. Otros dos casos esperan la sentencia de la Suprema.

Por: María José Blanco | Publicado: Martes 7 de enero de 2020 a las 13:11 hrs.
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Controversia trajo el fallo de ayer de la Corte Suprema en que se revocó el beneficio de la delación compensada al que había optado CMPC por el caso de colusión del papel tissue, operación en la que la empresa ligada al grupo Matte participó con la empresa sueca SCA (ex Pisa). Además, el máximo tribunal le aplicó una multa de US$ 15 millones a la papelera. 

Es la primera vez que se quita este beneficio a una empresa que se autodelata por delito de colusión.

Para los defensores de la delación compensada, el instrumento ha sido el mecanismo más efectivo para detectar, sancionar y disuadir la colusión en el mundo y en Chile también tiene antecedente de éxito. De acuerdo a información de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) la figura existe desde la reforma legal realizada en 2009 y actualmente (junto con el caso de CMPC) son siete los casos en que el organismo ha presentado requerimientos en el que se incluye la delación compensada.

"La delación compensada permite eximir o reducir las sanciones que establece la ley para quienes, habiendo intervenido en un cartel, entreguen antecedentes que conduzcan a acreditar la conducta y a determinar a sus responsables", sostiene la FNE.

 

1. Tecumseh Do Brasil y Whirlpool
El primero por ley bajo este acuerdo fue el cartel de compresores herméticos de baja potencia, utilizados para fabricar refrigeradores y que eran comercializados en el mercado chileno. El 2010, la FNE presentó el caso ante el TDLC, luego que Tecumseh Do Brasil informara de su participación en colusión de precios de esos instrumentos de forma internacional con Whirlpool S.A – firma de origen norteamericano-, durante el 2004 y el 2008.

En ese momento, la Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por el TDLC de que Whirlpool habría ejercido colusión, pero rebajaron la multa de US$ 10,2 millones a US$ 4,9 millones.

2. Pullman Bus, Ruta Vía Curacaví y Atevil.
Un año después  del primer caso de delación compensada, la FNE presentó dos requerimientos donde acusó a las compañías de transporte Pullman Bus, Tur Bus, Romani y Transportes Cometa de coludirse para evitar nuevos actores en los terminales de Valparaíso, Coquimbo, La Serena y Antofagasta.

Mientras que en un segundo requerimiento, la FNE reveló un acuerdo de tarifas y frecuencias entre Pullman Bus Costa Central, Ruta Vía Curacaví y Atevil, para la ruta Santiago – Curacavi. Esta última fue la que se acogió a la delación compensada, lo que generó que tanto el fallo del TDLC como de la Corte Suprema coincidieran en multas de casi $ 900 millones.

3. Enex, Asfaltos Chilenos, Química Latinoamericana y Dynal
El mercado minorista de productos de asfalto también tiene su capítulo de colusión en 2014, luego que la entidad persecutora acusara a Asfaltos Chilenos S.A (QLA), Dynal Industrial S.A., Empresa Nacional de Energía S.A. (Enex) y Química Latinoamericana S.A, acordaran repartirse el mercado.

En dicha instancia, la Corte Suprema acogió el requerimiento de la FNE y sancionó a tres de las cuatro compañías a pagar multas de hasta 429,1 UTA. Enex se libró de la multa ya que se sometieron a la delación compensada.

4. Compañía Sudamericana de Vapores, Compañía Chilena de Navegación Interoceánica, Eukor Car Carriers Inc., MOL y NYK

En 2015 se dio a conocer del cartel de seis navieras, donde participaban la Compañía Sudamericana de Vapores (CSAV), la Compañía Marítima de Chile (CMC, ex CCNI), la coreana Eukor y las japonesas K-Line, Mitsui O.S.K. Lines Ltd. (MOL) y Nippon Yusen Kabushiki Kaisha (NYK).

La primera fue la que se acogió al beneficio y que se eximió de multa en el fallo del TDLC, mientras que NYK también optó por la medida y pudo reducir la infracción a US$ 6,5 millones. Por el contrario, MOL fue sancionada con US$ 2,5 millones, mientras que CMC, Eukor y K-Line no fueron condenadas, debido a que el TDLC "acogió la excepción de prescripción interpuesta por estas compañías respecto de una de las rutas con origen en puertos de Asia, considerando como no acreditadas el resto de las rutas comprendidas en ese destino", informó la entidad.

La causa está a la espera de sentencia en la Corte Suprema.

5. CMPC y SCA

El cartel del papel tissue fue el cuarto caso que reveló la FNE, en octubre de 2015, el cual duró 11 años y que fue autodenunciada por la firma ligada a la familia Matte, a través de delación compensada. La sueca SCA también se añadió al beneficio posteriormente, pero el TDLC aplicó una multa de U$S 15 millones sólo a SCA.

No obstante, ayer la Corte Suprema levantó el beneficio que tenía la papelera por coacción a SCA y le ordenó pagar la misma multa.

6. Biosano, Fresenius Kabi Chile y Sanderson

En 2016, la entidad fiscalizadora informó al TDLC de la existencia de un cartel de medicamentos donde participaban los laboratorios Biosano, la alemana Fresenius Kabi y Laboratorio Sanderos. El objetivo de la colusión era definir cuál de ellos se adjudicaría los medicamentos que obtenían de licitaciones convocadas por la Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast).

El proceso se encuentra actualmente en curso y la FNE pide multas por US$ 17 millones, excepto para Biosano, que fue la firma utilizó la delación compensada.

7. Biomar, Salmofood, Skretting y Ewos
El más reciente caso que se conoce es la de las productoras de alimentos para salmón que informó la FNE el 19 de diciembre de 2019 y del que comenzó a investigar en 2016. En este cartel, Ewos –de Cargill- se autodelató de participar de colusión entre 2003 y 2015 con Biomar Chile –de origen danés- Skretting –holandesa- y Salmfood –peruana- que fijaba los precios de forma directa e indirecta, a través de correos, teléfonos y reuniones.

Actualmente el requerimiento se encuentra en el TDLC, donde la FNE solicitó aplicar la máxima multa, acumulando US$ 70 millones. En este cartel no se contemplar sanción penal ni nuevos niveles de sanción económica, por disolverse antes de la reforma de 2016.

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