Jorge Hermann, exministro del TDLC: “Este nuevo caso de colusión muestra que el sistema es capaz de detectarlo en el acto, mientras estaba ocurriendo”
El economista analizó varias aristas del mercado de transportistas de valores, cuyo ecosistema -a su juicio- es “ideal” para que se formen carteles.
Por: Magdalena Espinosa
Publicado: Lunes 25 de octubre de 2021 a las 04:00 hrs.
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El exministro suplente del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), Jorge Hermann, cree que el requerimiento por colusión entre Loomis, Brink´s y Prosegur que presentó la Fiscalía Nacional Económica (FNE), es “una sandía calada”.
“Hay mucha evidencia que hacen pensar que es un caso redondo en términos probatorios”, dice. A ojos del experto, el mercado del transporte de valores tiene un ecosistema “ideal” para que se armen carteles y fijar precios.

Esto, por cuatro motivos: un mercado altamente concentrado; maduro y estable en relación a los rivales; con fuertes barreras de entrada por inversión y regulación; y a través del tiempo se transformó en un servicio homogéneo, sin innovación ni distinción de la oferta entre los competidores.
“Los bancos han visto que este servicio no tiene variables que cambien, no hay otras ofertas; entonces incluso con este requerimiento, no hay otros que puedan suplirlo”, comenta.
- ¿Qué aspectos son relevantes en este caso?
- Hay cinco testigos claves que enlistó la FNE, a los cuales les pidió multa, sumado a la ejecutiva que se acogió a la delación compensada. Y hasta ahora, sólo conocemos una parte de la prueba… las que vienen serán incluso más interesantes.
La Fiscalía llamará a las audiencias testimoniales y buscará de alguna manera que los acusados ratifiquen la propiedad de las pruebas, pero allí creo que todos los testigos se acogerán a su derecho de guardar silencio y con eso, se acabará la audiencia. Pero no hablar genera el beneficio de la duda de que están involucrados en esto.
La prueba de la FNE es tan clara, que es bastante evidente que estuvieron inmiscuidos en el cartel.
- ¿Cree que existen fallas en la economía o en la institucionalidad que permiten que se genere una cartel así?
- Creo que este requerimiento fortalece la institucionalidad de la libre competencia, porque demuestra que está funcionando en base a dos elementos esenciales: la delación compensada y las capacidades intrusivas.
El equipo del fiscal Ricardo Riesco usó todas sus facultades para formar un caso redondo y desbaratar el cartel.
El análisis no debería ir por si la economía funcionó o no, porque lo importante es tener instituciones que logren disuadir esta clase de comportamientos. Ahora, en este caso el sistema fue capaz de detectarlo en el acto, mientras se estaban coludiendo. Y en eso ayudó la delación compensada.
- ¿Cómo golpea este caso la confianza de las personas en las empresas?
- Cualquier caso de colusión mina la confianza de la ciudadanía, por eso, es importante que los gremios empresariales condenen los carteles. Pero este caso es un poco distinto a otros, porque es una relación contractual entre empresas con el sector bancario. En ese sentido, el consumidor lo ve más lejano, a diferencia del caso “pollos” o “papel confort”.
Ahora, implícitamente los bancos cobran una tarifa más alta por el transporte de valores; ese mayor costo lo recienten las personas que usan los cajeros automáticos. Es evidente que indirectamente los consumidores se ven perjudicados.
- ¿Qué viene para el caso en el TDLC?
- Creo que este caso podría durar tres años en el Tribunal. Me imagino que los abogados de los ejecutivos utilizarán todos los resquicios legales para dilatar el caso y, finalmente, se acogerán su derecho de guardar silencio, porque como existe la posibilidad de abrir una arista penal, esto, evitaría todo ápice de palabra que los incrimine a futuro.
Además, este caso es interesante porque cae bajo la modificación legal del decreto 211 de 2016, donde se introdujo la regla per se para desbaratar los carteles, donde sólo se debe acreditar la existencia del acuerdo para pedir su sanción. Antes, existía la regla de la “razón”, que exigía acreditar los efectos anticompetitivos. El año pasado se aplicó a la colusión del transporte urbano de Temuco y este sería el segundo.
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