Isapres comienzan a ajustar sus planes a nueva tabla de factores y al 7% de cotización legal
Tanto Esencial como Cruz Blanca comunicaron a sus afiliados los primeros cambios en los precios de los planes de salud.
Por: Martín Baeza
Publicado: Viernes 30 de agosto de 2024 a las 04:00 hrs.
Foto: Julio Castro
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Este jueves, Isapre Esencial -ligada al grupo que controla la Clínica Alemana- comenzó el proceso para ajustar los precios de sus planes al 7% de cotización legal, tal como estableció la ley corta aprobada en mayo de este año. El mismo camino siguió Cruz Blanca -controlada por la británica Bupa- que, además, también empezó el proceso para adecuar todos sus planes a la Tabla de Factores Única (TFU) que comenzó a regir en 2020.
La ley corta nació para implementar el fallo de la Corte Suprema que ordenó a las aseguradoras ajustar todos sus planes a la TFU, a la vez que se impedía una crisis sistémica. La norma implica que todos los planes de salud se ajusten al 7% de la cotización legal. Es decir, los precios para los usuarios que pagaban menos que ese porcentaje se deberán ajustar hacia arriba, poniendo fin a los excedentes.
Al elevar el precio de los planes, las isapres también deben incrementar la cobertura. Para estos beneficios no se exigirá una nueva declaración de salud.
Por esto, Esencial envió cartas a sus afiliados recordando que no debe restituir montos a sus afiliados por concepto de tabla de factores, dado que, como empezó a operar recién en 2022, todos sus contratos ya estaban sujetos a la tabla única.
No obstante, respecto a los cambios por concepto del 7%, les recordó a sus cotizantes que la ley las obligó “a realizar de forma excepcional y por una sola vez, un ajuste a todos aquellos contratos de salud que tengan un precio pactado inferior a la cotización legal obligatoria para ajustarse al valor de dicha cotización”.
Cruz Blanca comunicó esa misma decisión, pero también empezó a informar a sus afiliados con contratos pactados antes de la entrada en vigencia de la TFU.
Así, en algunos casos revisados por este medio, la compañía le informó a sus afiliados que ese ajuste implicaría una baja en el precio de su plan. Según la ley corta, en ningún caso se podrán subir los precios por este motivo.
No obstante, la ley sí da la posibilidad a las aseguradoras de aplicar un alza con una prima extraordinaria, pero la Superintendencia aún no ha aprobado las propuestas presentadas por las isapres.
Nuevos beneficios
Cabe destacar que, al subir el precio de los planes, las isapres también deben incrementar la cobertura.
“Estos nuevos beneficios tienen el objeto de compensar el aumento de precio del contrato de salud para ajustarlo a la cotización legal obligatoria y son financiados con la diferencia de valor existente entre el precio pactado actual y la cotización legal obligatoria destinada a salud”, explicó Esencial.
Asimismo, aclaró que para estos beneficios no se exigirán una nueva declaración personal de salud; que incluyen tanto al cotizante como a las cargas; y que no se podrán suspender por el no pago de cotizaciones, entre otros.
Esencial añadió que hay otra alternativa, que es optar por un plan de salud distinto, con una cobertura diferente, pero que tenga un valor en torno al 7% de cotización legal que paga cada usuario.
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