En junio de 2021, el Mall Las Américas fue presentado como uno de los proyectos comerciales llamados a revolucionar la oferta de servicios en la comunda de Alto Hospicio, Región de Tarapacá. El plan contemplaba un edificio de cuatro pisos, estacionamientos subterráneos, tiendas, supermercado, cines y un amplio patio de comidas.
La iniciativa era impulsada por los empresarios locales Priscilla Choque y Óscar Mamani, ligados a la inmobiliaria M&A, y estaba emplazada en un terreno ubicado entre las avenidas Las Américas y Unión Europea.
Los promotores aseguraban que ya estaban conversaciones con ópticas, farmacias y empresas de distintos rubros para la instalación de locales, y prometían iniciar las obras en un plazo de seis meses, con un período de construcción de dos años. El proyecto incluso fue presentado al entonces alcalde Patricio Ferreira con una proyección en 3D.
Cinco años después, ese sueño llegó a su fin tras un fallo en tribunales. La Corte de Apelaciones de Iquique condenó a Transportes e Inversiones Generales Mamani y Choque Limitada a devolver casi $ 307 millones a siete personas que habían firmado promesas de compraventa y pagado cuotas para adquirir locales en el futuro mall.
El fallo determinó que la empresa incumplió los contratos debido a que no concretó las compraventas ni entregó material o jurídicamente los espacios comprometidos.

Pagaron más de la mitad de los locales
Los contratos fueron suscritos durante 2022 y los compradores continuaron pagando las cuotas acordadas hasta fines de 2023.
La resolución de la Primera Sala de la Corte, integrada por los ministros Marilyn Fredes, Pedro Güiza y Andrés Provoste, sostuvo que "de los antecedentes allegados por los demandantes (…) es posible establecer que cumplieron y estuvieron llanos a cumplir con las obligaciones que los contratos les imponían, muestra de lo cual son los pagos periódicos efectuados a la parte demandada, y que por demás ella reconoce, en montos que superan 50% del valor de los locales prometidos vender”.
El centro comercial debía ser entregado en agosto de 2025, para lo cual, la construcción tenía que comenzar, a más tardar, en agosto de 2023, algo que no ocurrió. La Corte estableció además que la empresa debía haber iniciado las obras o contar con un permiso aprobado por la Municipalidad de Alto Hospicio. A ello se sumó el rechazo, en julio de 2024, del estudio de impacto vial presentado para el proyecto.
Revierte primer fallo
La demanda había sido rechazada inicialmente por el Segundo Juzgado de Letras de Iquique, en una sentencia dictada el 7 de noviembre de 2025. Sin embargo, la Corte de Apelaciones revirtió esa decisión de manera unánime.
El tribunal concluyó que existió un contrato válido, un perjuicio económico, una relación directa entre el incumplimiento y el daño sufrido, además de responsabilidad de la empresa demandada. La resolución señala que la propia sociedad reconoció que no se habían suscrito los contratos definitivos de compraventa ni entregado los locales.
“En estas condiciones, establecido el incumplimiento en que ha incurrido la parte demandada, se sigue consecuentemente la existencia de un daño para los demandantes, consistente en los montos de dinero que pagaron por las cuotas del precio de los distintos locales materia de los contratos de promesa de compraventa”, sostiene la sentencia.
El tribunal acogió la demanda solo respecto del daño emergente, correspondiente a la pérdida efectiva sufrida por los compradores, y ordenó devolver la totalidad de los montos pagados por las siete personas.