Otra vez: Cortes de Apelaciones acogen a trámite y congelan alza de Isapres
Según explican expertos y autoridades, este año será crucial para saber el destino de los cambios a la ley de ajustes de planes, que otorgó a la Superintendencia la labor de fijar un techo de alza que no sea arbitrario. Además, si las cortes de apelaciones y eventualmente la Suprema dicen que no hubo ilegalidad, las isapres podrían cobrar retroactivamente todos esos meses que se congeló la tarifa, creando una deuda de parte del afiliado con la aseguradora.
Por: Equipo DF MAS
Publicado: Viernes 22 de marzo de 2024 a las 08:02 hrs.
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En 2022 ingresaron 394.409 acciones judiciales contra isapres en las cortes de apelaciones por adecuación de precios de los planes. El año pasado, la cifra cayó 87% y sumaron 51.172. Y este año se espera que sigan disminuyendo, pero no que lleguen a cero.
En febrero, la Superintendencia de Salud determinó que el monto máximo para aumentar los planes era de 7,4%. “La gente siempre tiene el derecho a poder reclamar tanto en la superintendencia como en la corte. Lo importante es que las medidas que se tomen eliminen el elemento de arbitrariedad (...), los aumentos de precios, en este caso, están autorizados por la ley.
La ley permite que las isapres suban los precios, no la superintendencia. Lo que hace la superintendencia es poner un techo al alza, este es el máximo (7,4%) de todos y después individualmente, esto es lo que puede alzar (montos variados, pero que no superen el techo establecido)”, dijo el superintendente Víctor Torres en La Tercera. “Claramente si hay un alza que la gente considere excesiva, puede judicializarse. El punto es cuál es el resultado de esa judicialización, si eliminamos el elemento de arbitrariedad, obviamente que el resultado debiera ser que no sufran efectos esas respectivas demandas”, agregó.
Sin embargo, y aunque no hay una cifra consolidada, este mes distintas cortes de apelaciones del país, como las de San Miguel y Valparaíso, comenzaron a acoger a trámites las demandas contra el alza de los precios base y decretaron órdenes de no innovar, lo que se traduce en que el alza se congela hasta que el tribunal falle.
Según explican expertos y autoridades, este año será crucial para saber el destino de los cambios a la ley de ajustes de planes, que otorgó a la Superintendencia la labor de fijar un techo de alza que no sea arbitrario. Además, si las cortes de apelaciones y eventualmente la Suprema dicen que no hubo ilegalidad, las isapres podrían cobrar retroactivamente todos esos meses que se congeló la tarifa, creando una deuda de parte del afiliado con la aseguradora.
Uno de los estudios que ya ha logrado órdenes de no innovar ha sido Equipo Defensa, según explica Arturo Valenzuela, gerente legal de esa oficina. “Desde nuestro punto de vista, las alzas siguen siendo arbitrarias”, dice.
“El proceso de adecuación del precio base de los planes de salud de las Isapres se encuentra reglado en distintos cuerpos legales y administrativos que incluyen detallados requisitos para que este sea un proceso transparente y seguro para todos los cotizantes Isapres”, dice Valenzuela; sin embargo, la modificación legal que se hizo para habilitar las alzas “es una legitimidad que sólo comprende el proceso de la Superintendencia de Salud, pero que no alcanza al ajuste que las Isapre deben informar y justificar posteriormente”.
“Gracias a la ‘propaganda del miedo’ que han hecho las isapres, el tema de las alzas se ha vuelto un tema político, y los ministros de las Cortes de Apelaciones, que quieren ser Supremos, se dejan llevar por estos vaivenes políticos”, apunta el abogado.
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