Abif: propuesta del gobierno sobre consentimiento explícito no resuelve el problema de fondo
Desde el gremio criticaron la medida, ya que "no se hace cargo de la solución de fondo que consiste en regular la aceptación tácita", dijeron.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 15 de julio de 2014 a las 16:22 hrs.
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La Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (Abif) criticó esta tarde el reglamento sobre los medios y condiciones a través de los cuales se manifiesta la aceptación del consumidor para la celebración, modificación o término de contratos de adhesión de productos financieros, puesto en consulta hoy por el ministerio de Economía.
Si bien reconocieron que el borrador de reglamento procura resolver parcialmente el problema de incertidumbre jurídica, estableciendo que la aceptación del consumidor podrá manifestarse expresamente por medios remotos, afirmaron que no resuelve el problema de fondo.
"La propuesta de normativa no se hace cargo de la solución de fondo que consiste en regular la aceptación tácita, mediante el reconocimiento de actos positivos que representen el consentimiento inequívoco del consumidor a la modificación propuesta por el proveedor", señalaron mediante un comunicado.
Agregaron que el reconocimiento del consentimiento tácito aún no ha perdido vigencia en Chile, según expertos, y que debe distinguirse del silencio. "La aceptación tácita no puede ni debe ser confundida con el silencio, ya que éste supone inacción, mientras que la primera exige una conducta o actuación que permita inferir la manifestación de voluntad en orden a aceptar", explicaron.
Además, el gremio señaló que el borrador de reglamento tampoco reconoce la facultad del proveedor de poner término a los contratos de duración indefinida, en caso de que el consumidor rechace expresamente la propuesta de modificación o no manifieste su voluntad dentro de un plazo determinado, sujeto a que se cumplan los requisitos de información oportuna.
"La imposibilidad de modificar estos contratos o de ponerles término en los casos antes indicados, los transforma en contratos perpetuos. Esta consecuencia se aparta de las características de la industria financiera donde las relaciones contractuales tienden a ser de larga duración y, además, atenta contra la libre competencia, afectando a los mismos consumidores", afirmaron.
La Abif afirmó que en la práctica los contratos que ofrezcan los bancos serán a plazo fijo, afectando con ello la oferta disponible de productos financieros, además de las dificultades prácticas a que se verán expuestos los consumidores, como por ejemplo, al disponer de líneas de crédito a plazo fijo o al riesgo de que se presenten a cobro cheques girados contra una cuenta corriente cerrada por vencimiento del plazo de vigencia del contrato de cuenta corriente.
Finalmente, criticaron que el reglamento tampoco se pronuncia respecto del stock de contratos de servicios financieros vigentes a la fecha de la circular antes mencionada, generando con ello una asimetría regulatoria entre dichos contratos y el flujo de contratos celebrados con posteridad a la Circular de la SBIF.
"La Asociación de Bancos reitera su permanente disposición para contribuir a que los problemas antes expuestos se resuelvan adecuadamente durante el periodo de consulta propuesto por el Ministerio de Economía", concluyeron en su declaración pública.
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