Gobierno

Gobierno y oposición logran acuerdo: aprueban norma para permitir el retiro de fondos para enfermos terminales

El subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, encabezó las negociaciones con parlamentarios de gobierno y oposición, texto se analizará mañana en la sala de la Cámara de Diputados.

Por: Rodolfo Carrasco | Publicado: Martes 1 de diciembre de 2020 a las 17:45 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

El gobierno logró un acuerdo con la oposición para establecer un procedimiento para el retiro de los fondos de pensiones de los enfermos terminales, aprobando en la comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados una indicación sustitutiva al proyecto de ley del Ejecutivo.

De esta forma, la indicación presentada por el subsecretario de Previsión Social, Pedro Pizarro, establece que se permitirá el retiro de fondos como excedentes de libre disposición, pero manteniendo algunos recursos para asegurar una renta temporal por 12 meses igual a la Pensión Básica Solidaria y para pagar la cuota mortuoria de 15 UF. Quienes podrán acceder al beneficio son los titulares de derecho, los afiliados activos, los pensionados y los afiliados pensionados por ley de accidentes laborales.

El diputado del PS, Marcos Ilabaca, valoró el acuerdo alcanzado con el gobierno, destacando que "hemos regulado de manera sistemática y detallada el procedimiento para personas que sufren enfermedad terminal, procedimiento que nace con el certificado del médico tratante suscrito además por el jefe del servicio médico donde el paciente se está tratando".

Agregó que también se "acotaron absolutamente los plazos de la determinación de enfermo terminal, se conjugó la calidad de enfermo terminal con la de invalidez total para poder hacer beneficiario a la persona que sufre de enfermedad terminal con el seguro de invalidez y sobrevivencia, y se le permite el retiro total del excedente de libre disposición dejando a salvo la pensión de sobrevivencia y la cuota mortuoria".

Cabe señalar que se rechazó uno de los artículos transitorios del proyecto que establecía que la normativa comenzará a regir desde el 1 de julio de 2021. Los parlamentarios de la oposición lo consideraron un plazo muy amplio, por lo que la norma podría empezar a regir desde su publicación en el Diario Oficial.

El texto, que será analizado por la Sala de la Cámara de Diputados este miércoles, se verá en conjunto con el proyecto de los diputados que establece el retiro de todos los fondos de una persona declarada enferma terminal.

Los plazos

Se acordó que la comisión médica dispondrá de un plazo de 7 días hábiles para emitir su dictamen, contando desde la fecha en que se reciba la solicitud y se disponga de la totalidad de los antecedentes médicos establecidos.

También, se acordó que tanto el afiliado o pensionado, como la compañía de seguros en caso de afiliados cubiertos por el seguro de invalidez y sobrevivencia, podrán apelar del dictamen o la certificación de enfermo terminal, según corresponda, dentro de los tres días hábiles siguientes a su notificación, de acuerdo al procedimiento dispuesto, debiendo la comisión médica central pronunciarse dentro de los siguientes 3 días hábiles, desde recepcionados los antecedentes solicitados.

Si la comisión médica regional, no se pronuncia dentro del plazo establecido, se entenderá que acepta la calificación de invalidez del solicitante calificándolo como enfermo terminal. Si el afiliado fallece durante el proceso de calificación de invalidez, encontrándose certificado como enfermo terminal, se entenderá declarado inválido total para todos los efectos legales.

Lo más leído