La Contraloría General de la República no dio curso al reglamento de la ley de aplicaciones de transporte —conocida como "Ley Uber"— mediante un oficio que representa el acto administrativo enviado por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, liderado por Louis de Grange, a fines de abril. El organismo identificó deficiencias de fondo: ausencia de fundamentos fácticos, técnicos y jurídicos, y omisión del proceso de consulta pública.
Según el texto del órgano fiscalizador, el reglamento "elimina, modifica y disminuye exigencias técnicas aplicables a los vehículos destinados a prestar a la ciudadanía los servicios de taxi, tales como antigüedad máxima de operación, antigüedad mínima para su primera inscripción y cilindrada mínima", sin acreditar las razones que justifican dichas supresiones ni por qué se prescindió de la participación ciudadana.
El punto de fricción
El reglamento original —elaborado durante la administración anterior— buscaba equiparar las exigencias entre taxis y vehículos de plataformas digitales, estableciendo, entre otras condiciones, una cilindrada mínima de 1.400 cc. La nueva versión, impulsada por el biministro de Transportes y Obras Públicas, Louis de Grange, flexibilizó o eliminó esos requisitos argumentando la protección del empleo.
"La versión anterior del reglamento pegaba muy negativamente en el empleo. Afectaba en un 85%", sostuvo De Grange el 27 de abril, defendiendo las modificaciones como parte de una agenda de flexibilización regulatoria orientada tanto a mejorar la calidad del servicio como a impulsar la economía.
Sin embargo, la contralora Dorothy Pérez apuntó directamente contra esa justificación. En su oficio señaló que los cambios "rebajan el estándar y calidad de los servicios que la ciudadanía ya recibe", lo que hace aún más necesario que la decisión esté "debidamente fundada en razones fácticas, técnicas y jurídicas debidamente acreditadas", en especial considerando el impacto directo sobre los estándares mínimos exigibles a otras modalidades de transporte, como los taxis tradicionales.
Riesgo de arbitrariedad
El oficio también recordó al MTT que tanto la ley como la jurisprudencia de Contraloría exigen que los actos administrativos estén suficientemente motivados para evitar que sean calificados como arbitrarios o, en casos extremos, constitutivos de una "desviación de poder".
El revés obliga a la cartera de De Grange a reformular el texto y reingresarlo al proceso de toma de razón, esta vez con los respaldos técnicos y jurídicos que el organismo fiscalizador estima indispensables. Mientras tanto, el sector de transporte de aplicaciones queda sin el marco reglamentario actualizado que el gobierno buscaba instalar.
Qué viene ahora
Lo que viene ahora para el reglamento de la Ley de Aplicaciones de Empresas de Transporte, o Ley Uber, es que básicamente hay dos alternativas, dijo Rodrigo Fernández, doctor en transportes y profesor U. Andes.
"La primera es que el Ministerio retire el reglamento que actualmente está en la Contraloría y lo reingrese acompañando los antecedentes técnicos que el organismo está solicitando", detalló.
La segunda opción, que juicio de Fernández es más práctica desde la perspectiva de los usuarios de estas aplicaciones, "es mantener el reglamento que ingresó el gobierno anterior". Argumentó que de lo contrario, "seguiremos en este ciclo en que el reglamento va a la Contraloría, se devuelve, vuelve a ingresar y nuevamente se observa, sin que finalmente la Ley Uber pueda entrar en plena aplicación".
Por eso, "más allá de las diferencias técnicas que tengo con aspectos de ambos reglamentos, desde un punto de vista jurídico recomendaría insistir con el reglamento anterior para avanzar de una vez en la implementación de la ley", concluyó este experto.