Reforma tributaria: comisión aprueba que el SII pueda fiscalizar a contribuyentes en otros territorios
Diputados de la comisión de Hacienda visaron el artículo que establece la “multijurisdicción” del organismo. La instancia despachó la mayor parte del capítulo.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Martes 22 de noviembre de 2022 a las 17:55 hrs.
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, fue acompañado por sus asesores y el director del Servicio de Impuestos Internos (SII), Hernán Frigolett.
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El trámite del proyecto de reforma tributaria tuvo un avance sustancial hoy martes en la comisión de Hacienda de la Cámara, ya que los diputados despacharon a Sala casi la totalidad del capítulo relacionado a la fiscalización del Servicio de Impuestos Internos (SII) a contribuyentes.
La instancia visó primero indicaciones como la que crea un recurso jerárquico especial con el cual el contribuyente podrá reclamar por la calificación administrativa de un acto como elusivo, y otra que establece que el avenimiento judicial deberá ser visado por el director nacional del SII, en lugar de los directores regionales.
La norma aprobada establece que el contribuyente seguirá respondiendo ante la dirección regional de su domicilio, no debiendo trasladarse a otro territorio.
Un punto relevante que fue aprobado por la comisión fue la figura de la “multijurisdicción”. Esto significa que el SII podrá llevar adelante procedimientos de fiscalización o de otro tipo, respecto de contribuyentes con domicilio en cualquier territorio jurisdiccional del país, los que podrán efectuarse a través de medios electrónicos o remotos.
Esto, aclararon el ministro de Hacienda, Mario Marcel, y el co-coordinador de Política Tributaria de la cartera, Diego Riquelme, no significará que el contribuyente deba trasladarse hacia un territorio o jurisdicción distinta al que tiene su domicilio, sino que más bien serán los funcionarios del servicio los que deberán realizar esta acción. La contraparte del contribuyente será la misma dirección regional de su domicilio.
Ante las críticas de la oposición, el director del SII, Hernán Frigolett, propuso desplegar un plan piloto en esta materia, iniciándose en zonas homogéneas de la Región Metropolitana. Hacienda ingresará este ajuste como una norma transitoria.
Otras indicaciones
En doble jornada, los diputados luego aprobaron modificaciones que incluyen a los ascendientes y descendientes y parientes como eventuales partes relacionadas para efectos de fiscalización de una sociedad. Esto también generó críticas de ChileVamos, que votó en contra de la indicación.
Luego, se despachó la indicación que promueve la “responsabilidad tributaria”, entendida como el modelo de conducta que poseen determinados contribuyentes respecto al cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con un enfoque en la “contribución al bien mancomunado del país”, con arreglo a la naturaleza jurídica de los hechos, actos o negocios realizados, en tiempo y forma, basado en principios de transparencia, colaboración y buena fe. Las empresas podrán obtener una certificación de cumplimiento de estos estándares.
Luego, se visaron ajustes a las condiciones en que el SII no podrá iniciar nuevas fiscalizaciones por actos o hechos ya analizados. También se despachó todo lo relacionado con notificación por vía electrónica y el acceso de los contribuyentes a medios de asistencia para el cumplimiento tributario.
Más tarde se aprobó una enmienda que permite, en el caso de operaciones o transacciones realizadas en Chile por contribuyentes que conformen un mismo grupo empresarial y que estén siendo investigados, que el SII pueda realizar un solo procedimiento de fiscalización que involucre a todos los contribuyentes del grupo empresarial que hubieren concurrido en dichas operaciones y transacciones.
También, se visaron cambios que permiten al SII citar a un contribuyente para una nueva fiscalización si en un proceso anterior detectó eventuales incumplimientos a la Norma Antielusiva, y otro que amplía el plazo de prescripción cuando un contribuyente no informe modificaciones societarias cuando sea parte de un grupo empresarial o sus ingresos superen las UF 25 mil en el año del incumplimiento.
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