Céspedes: “Con la nueva ley, en el caso pollos la multa hubiera sido de US$ 3.000 millones”
Ahora se sancionará con cárcel a involucrados en casos de colusión.
Por: Equipo DF
Publicado: Jueves 7 de julio de 2016 a las 04:00 hrs.
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Por Tomás Vergara P.
Tras su paso por ambas cámaras del Congreso, finalmente fue despachada la ley que fija las normas para la defensa de la libre competencia. La iniciativa eleva los casos de colusión al nivel de delito, por lo que de resultar culpables, los infractores arriesgan penas que van de los 3 a los 10 años de cárcel, asegurando al menos un año de presidio efectivo.
El ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes, comentó que “este proyecto de ley que fortalece la libre competencia, deja en evidencia que nuestro objetivo es luchar contra los carteles”.
En términos económicos, las multas incluidas en la nueva legislación estipulan sanciones económicas que consideran un 30% de las ventas o el doble del beneficio económico conseguido en un caso de colusión.
Por ejemplo, en el caso pollos -donde los involucrados tuvieron un beneficio económico de US$ 1.500 millones- hubo multas que alcanzaron los US$ 58 millones, en cambio con la nueva ley, estas sanciones llegarían a los US$ 3.000 millones. Céspedes dijo que “gracias a este proyecto de ley que fortalece la libre competencia, ya no será un negocio el coludirse”.
Otro de los puntos que establece la nueva legislación, es la exclusividad que se otorga a la Fiscalía Nacional Económica (FNE) para iniciar el proceso de investigación en contra de los implicados, por lo que se descartó la participación del Ministerio Público sin existir una querella previa por parte de la FNE.
Esta situación fue una de las más discutidas por los parlamentarios, por lo que el ministro aseguró que “no compartimos el planteamiento que ha hecho respecto de ese punto el Ministerio Público, nos parece que está dentro de todas las atribuciones y es absolutamente constitucional lo que, tanto la Cámara de Diputados como el Senado, ha entregado”.
De esta manera se establece un plazo de seis meses para que la FNE interponga la querella a partir de la sentencia definitiva del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia.
Otro de los puntos que define la normativa, se refiere a los casos de delación compensada, en los que el delator no recibirá castigo penal, pero sí será sancionado con las multas fijadas por el tribunal.
También se establece la inhabilitación de los infractores, los que no podrán ejercer por un plazo entre 7 y 10 años cargos de relevancia en sociedades sometidas a normas especiales o en asociaciones gremiales.
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