Enel vuelve a la carga en el TC con nuevo recurso por impedir suspensión de suministro a clientes morosos de alto consumo
La italiana regresó a la instancia cuestionando que se obligue a asumir los costos de una medida en favor de gran parte de la comunidad, cuestión que considera que por norma general debiese ser asumida por el Estado.
Por: Karen Peña
Publicado: Martes 7 de diciembre de 2021 a las 09:38 hrs.
Foto: Julio Castro
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A cuatro meses de que Enel Distribución escalara al Tribunal Constitucional (TC) la disputa para cortar el suministro a clientes morosos de alto consumo, la italiana volvió a la carga, presentando un nuevo recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad -que ya fue declarado admisible por la instancia- en contra de los preceptos de la ley de servicios básicos, que impiden suspender el suministro a clientes no vulnerables de estas características.
Como resultado de un análisis interno de aquellos clientes que están en condiciones de pagar y no lo hacen, la compañía detalló en un comunicado que presentaron un informe detallado a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Y, luego de interponer un recurso en la Corte de Apelaciones, acudió al TC.
Según se explica, argumentando que nuevamente se está haciendo extensivo a clientes con capacidad de pago el beneficio contenido en la ley de servicios básicos, a pesar que fue concebida para ir en ayuda de los hogares vulnerables en el contexto de la crisis social y económica derivada de la pandemia por Covid 19.
En el recurso presentado por la compañía, se recalca que la aplicación de las reglas de la ley sin distinción alguna por la capacidad de pago de los clientes vulnera la garantía constitucional de igualdad ante la ley, ya que "las normas jurídicas deben ser iguales para todas las personas que se encuentren en las mismas circunstancias y, consecuencialmente, diversas para aquellas que se encuentren en situaciones diferentes".
En este caso, se advierte "no se respeta la igualdad ante la ley, al introducir una discriminación arbitraria en el ejercicio del derecho contractual esencial de Enel Distribución, como es el recibir un pago oportuno de sus clientes a cambio del suministro de electricidad que está obligada a entregar según lo dispuesto en el mismo contrato". Lo anterior, dicen, "contraviene además el derecho a la no discriminación arbitraria que deben dar el Estado y sus organismos en materia económica".
El requerimiento también argumenta que la medida transgrede la garantía constitucional de igual repartición de las cargas públicas, al obligar a la empresa a asumir los costos de una medida en favor de gran parte de la comunidad, cuestión que por norma general debiese ser asumida por el Estado y, en casos excepcionales, por medio de gravámenes específicos muy bien fundados.
"Nada de esto se da al establecer como obligación el continuar prestando servicios e impedir la suspensión de suministro a usuarios que optan por no cumplir con su obligación de pago, pese a tener la capacidad para ello, según los antecedentes públicos que han podido reunirse", se dice en el comunicado.
Y se agrega que todo lo anterior redunda en la "vulneración del derecho de propiedad de Enel Distribución, al privarle del mayor incentivo que dispone un servicio concesionado para incentivar el pago, como es la suspensión, comprometiendo con ello su equilibrio financiero, al verse impedida de cubrir sus costos operacionales por suministrar electricidad a sus clientes de mayor consumo que se mantienen morosos, a pesar de su evidente capacidad de pago".
El primer recurso interpuesto ante el TC en agosto de 2021, que fue declarado admisible, se encuentra listo para ser incorporado a la Tabla para ser vista por alguna de las dos salas que conforman la instancia.
"Desde el principio de la pandemia hemos puesto nuestros esfuerzos en ayudar a los clientes que se han visto más afectados por las consecuencias de esta crisis. Sin embargo, no existe ninguna justificación para otorgar un beneficio a quien no lo necesita", explicó el gerente general de Enel Distribución, Ramón Castañeda.
A esta hora, precisamente, las comisiones de Economía y de Minería y Energía del Senado discuten la aplicación de la ley de servicios básicos y cómo se enfrentará la alta morosidad que trae consigo la normativa, ya que este mes vence la legislación.
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