Mercados

SVS emitió norma sobre nuevas tablas de mortalidad

Las nuevas tablas de mortalidad de beneficiarios e inválidos tienen implícita una mayor expectativa de vida, lo que se traduce en mayores reservas técnicas.

Por: | Publicado: Miércoles 16 de abril de 2008 a las 18:03 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Hoy la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) estableció una nueva opción para la implementación gradual de las tablas de mortalidad (B-2006 y MI-2006) por parte de las compañías de seguros de vida.

A fines de agosto de 2007, a través de la Norma de Carácter General N° 207, la SVS instruyó a las aseguradoras la aplicación de las tablas de mortalidad B-2006 y MI-2006 en forma integral a todas las pólizas de rentas vitalicias que entrasen en vigencia a contar del 1 de febrero de 2008.

Las nuevas tablas de mortalidad de beneficiarios e inválidos tienen implícita una mayor expectativa de vida, lo que se traduce en mayores reservas técnicas que deben ser reconocidas por las aseguradoras respecto al stock de pólizas de rentas vitalicias vigentes antes del cambio de tablas.

Para mitigar el efecto sobre el stock de reservas técnicas, a fines de diciembre de 2007, mediante la Circular N° 1.857, la SVS confirmó la modalidad opcional de reconocimiento de las mayores reservas ya normadas anteriormente, con un tope de 20 años para que las compañías realicen el 100% del ajuste.

Hoy la SVS ha emitido una Circular complementaria de la Circular 1857, que introduce una nueva opción de reconocimiento gradual del impacto de las nuevas tablas en la reservas del stock de pólizas vigentes a febrero de 2008. El nuevo mecanismo permite a las compañías realizar reconocimientos regulares y parejos cada año.

De esta forma, las compañías podrán optar por aplicar un procedimiento de reconocimiento gradual de las tablas B-2006 y MI-2006, que considere un monto fijo de incremento anual de las reservas técnicas por un periodo no superior a 20 años.

Dicho monto o cuota corresponderá aquel que iguale en valor presente, los flujos anuales de reservas técnicas adicionales producto de la aplicación de estas tablas según procedimiento de gradualidad establecido anteriormente y confirmado en Circular N° 1.857.

Lo más leído