Factoring en alerta por reglamento que regirá pago en más de 30 días
Presidente de la Asociación Chilena de Empresas de Factoring ve clave proteger el acuerdo entre privados y pide mejorar redacción de la ley.
Por: Víctor Guillou V.
Publicado: Martes 5 de febrero de 2019 a las 04:00 hrs.
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Contentos, pero aún en estado de alerta, se encuentran en la Asociación Chilena de Empresas de Factoring (Achef), tras la promulgación de la Ley de Pago a 30 días.

Y primero parten con lo positivo. Así, desde la entidad que reúne a diez de los principales actores de la industria, entre ellos, tres bancos privados, valoran que sus principales clientes como son las pequeñas y medianas empresas (PYME) puedan recibir sus flujos con mayor prontitud. “Veremos empresas con una mayor caja y, por lo tanto, financieramente más robustas, lo que implica que puedan tener una mayor posibilidad de desarrollo”, resalta el presidente de Achef, Ignacio Prado.
Pero, como contraparte de lo anterior, también observan algunas debilidades en el proyecto, tanto en redacción como en su concepción, apuntando a las distintas realidades de los sectores productivos que ahora deberán adaptarse al nuevo plazo legal.
Prado menciona al menos tres áreas de preocupación.
La primera versa sobre la certificación de la recepción para las empresas proveedoras del sector público, donde afirman que “no hay claridad respecto a que se refieren con la certificación, ¿es un mail?, ¿una firma? ¿un timbre?”.
La segunda, el plazo impuesto por ley, donde sectores como el exportador pueden tener sus retornos en más de 150 días. “Ese descalce, a nuestro parecer, no se pensó y dicho sector es clave para la economía de nuestro país”, afirma Prado.
A todo ello suman un aspecto clave: el reglamento que normará el registro que llevará el Ministerio de Economía para aquellos casos en que las partes acuerden un plazo distinto a los 30 días.
Para el dirigente, en su redacción final “lo que no debe ocurrir es que la norma en la emisión del certificado quede ambiguo. Lo que nosotros queremos es que esté claro en un formato estándar, que haya responsabilidad de emisión del certificado y que haya referencia de la misma factura”.
En su opinión, el reglamento debe salvaguardar “el acuerdo entre privados, es decir, los montos establecidos y la fecha” de pago, aspecto que “debe quedar explícitamente señalado” en el mencionado texto.
Bajo su óptica, éste “debe reglar debidamente el acuerdo escrito entre las partes que convenga el exceso de los 30 días para el pago de la factura, especialmente establecer una relación entre el contrato y la o las facturas que emitan de él”.
En ese sentido, el registro debe ser claro en cuanto a que “tales y cuales contratos exceden el plazo” sin afectar las relaciones en otros de los actores.
Efectos sobre las PYME
A todo lo anterior, desde la Achef suman algunas aprensiones de que las propias PYMES puedan cumplir con el nuevo plazo legal, ya que “esta Ley es para todas las empresas y no solamente para los grandes pagadores, como muchos piensan”, señala Prado.
Sobre este punto, advierte que “los grandes pagadores pueden obtener financiamiento, pero todos sabemos lo mucho que les cuesta a las PYME conseguirlo”.
Consultado sobre las dudas que algunos gremios levantaron tras aprobarse la iniciativa, como la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA), que apuntó a que el proyecto “no respeta la autonomía de las voluntades consagradas en la Constitución”, Prado remarca son las empresas las que “tendrán que analizar si están siendo perjudicadas ante estas nuevas condiciones”.
Además, apunta que “lo importante para nosotros es que las reglas queden claras, ya que -como lo hemos mencionado siempre-, lo que nosotros buscamos es la certeza de pago”.
Por eso, advierten que la nueva ley “en algunos de sus artículos converge con la Ley 19.983”, la que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a una copia de factura, por lo que “para nosotros es muy importante que no se produzcan ambigüedades o dobles interpretaciones entre ambas leyes”.
Ante esto, llaman a asumir el desafío de la capacitación que requiere la Ley tanto para los gremios como para las mismas autoridades.
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