La Polar: Fiscalía pedirá formalizar a ex ejecutivos por lavado de activos
La Unidad de Delitos de Alta Complejidad insistirá en esta tesis, teniendo como sustento las multas de la UAF.
Por: Equipo DF
Publicado: Miércoles 29 de mayo de 2013 a las 05:00 hrs.
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Por Jimena Catrón Silo
La segunda podría ser la vencida. Porque a pesar de que en la primera jornada de formalizaciones por el caso La Polar, de diciembre de 2011, la jueza a cargo desestimó la tesis de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad, respecto a que los ex ejecutivos del retailer, Pablo Alcalde, María Isabel Farah y Julián Moreno, habían cometido el delito de lavado de activos, el panorama podría cambiar en las próximas semanas.
Esto porque la unidad, dependiente de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte pedirá, nuevamente, la formalización bajo este cargo. La diferencia está en que ahora cuentan con el antecedente de las sanciones aplicadas por la Unidad de Análisis Financiero (UAF).
La UAF aplicó multas de 2.000 UF y 800 UF a LarrainVial y BCI Corredora de Bolsa por no informar operaciones sospechosas realizadas por clientes que eran altos ejecutivos de La Polar, las que fueron hechas con posterioridad al 9 de junio, cuando la compañía de retail informó mediante un hecho esencial la existencia de repactaciones unilaterales en su cartera de créditos y los efectos que éstas podrían tener en las provisiones.
Con esto, la tesis de la fiscalía toma más fuerza, a lo que se suma otro antecedente más: la confirmación de la novena sala de la
Corte de Apelaciones de la multa impuesta por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) contra Pablo Alcalde, por unos $ 572 millones.
La sanción tenía como sustento la prohibición de proporcionar antecedentes falsos a la SVS y al mercado, entregar información falsa al regulador, entre otros artículos como la ley de sociedades anónimas que prohíbe presentar a los accionistas cuentas irregulares y falsas y ocultar información esencial para el caso.
Se espera que el juicio oral por el caso La Polar comience en 2014.
Qué dice la ley
A pesar de que aún se sigue asociando al lavado de activos con narcotráfico, lo cierto es que los delitos base incluyen, entre otros, la entrega de información falsa al mercado de valores.
Según el artículo 59, del título XI de la ley 18.045 del Mercado de Valores, “sufrirán las penas de presidio menor en su grado medio a presidio mayor en su grado mínimo los que maliciosamente proporcionaren antecedentes falsos o certificaren hechos falsos a la Superintendencia”, esto en beneficio propio o de terceros.
Los delitos base que contempla la legislación chilena guardan relación con aquellos cuyo producto (dinero o bienes) se busca ocultar o disimular, dado su origen ilícito. El narcotráfico es sólo uno de estos delitos precedentes, ya que a él se suman el cohecho, la malversación de caudales públicos, el uso de información privilegiada, entre otros.
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