Economía y Política
Gobierno modifica Ley de Transparencia y precisa información “sensible”
Establece la autorización para eliminar documentos respaldados en archivos digitales o similares, con algunas restricciones.
Por: Equipo DF
Publicado: Lunes 18 de junio de 2012 a las 05:00 hrs.
Por Rodolfo Carrasco M.
Una serie de indicaciones presentó el gobierno al proyecto que modifica la Ley de Transparencia de la función pública y de acceso a la información de la administración del Estado con el objetivo de perfeccionar el texto.
El ministro secretario general de la Presidencia, Cristián Larroulet, presentó las indicaciones ante la comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, donde los cambios fueron previamente consensuados con parlamentarios de gobierno y oposición.
Entre las modificaciones se cuenta que para facilitar el acceso a la información, los órganos de la Administración del Estado deberán conservar y archivar la información que posean o que esté bajo su control, responsabilidad o competencia, de acuerdo al reglamento que regule esta materia, que será expedido por el Ministerio de Educación y suscrito también por el ministro de Hacienda.
La eliminación de la información deberá realizarse de acuerdo a lo dispuesto por el reglamento que regule esta materia y, en todo caso, se podrán eliminar aquellos documentos que se encuentren respaldados en archivos digitales o similares en los casos y condiciones que determine éste.
Respecto de los plazos de reserva de la información se propone realizar ciertas modificaciones al texto actual precisando que se puede declarar reservada la información, por un plazo de hasta 5 años, prorrogable por otros 5 años más; que en el caso de cierta información sensible, tal como aquella relacionada con materias de defensa y de política exterior, dicho plazo será de 10 años, prorrogable por 10 años, de manera indefinida y sucesiva; y que todas estas resoluciones que establecen la reserva, son revisables por el Consejo para la Transparencia.
Las indicaciones también se refieren al nombramiento del Consejo Directivo del Consejo Para La Transparencia (CPLT). Se establece que “el presidente hará la propuesta al menos 60 días antes de la expiración del período correspondiente, en un solo acto y el Senado deberá pronunciarse respecto de la propuesta”.
Lo anterior busca evitar lo sucedido el año pasado con la abrupta salida del ex presidente del Consejo, Raúl Urrutia, que con su decisión dejó por un par de meses a este organismo con cuatro integrantes, sin poder sesionar; y sin elegir a su nuevo presidente.
Además se establece que el presidente del Consejo anualmente dará cuenta pública a la ciudadanía de su gestión, políticas, planes, acciones, de su ejecución presupuestaria y de todo otros antecedentes relevantes.
Esta cuenta será enviada al presidente de la República y al Congreso a más tardar en el mes de mayo de cada año. En el evento que a dicha cuenta se le formulen observaciones, planteamientos o consultas, el Consejo deberá dar respuesta oportuna.