Piñera firma proyecto de probidad que regula actuación de autoridades
El texto es el resultado de una mesa de trabajo entre el Ejecutivo y parlamentarios, que se reunió durante más de dos meses.
Por: Equipo DF
Publicado: Jueves 21 de abril de 2011 a las 05:00 hrs.
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“Un nuevo gran paso hacia una sociedad más transparente”. Con estas palabras, el presidente Sebastián Piñera, sintetizó el espíritu del proyecto de ley que firmó ayer sobre probidad pública, el que será enviado al Congreso para su tramitación.
La iniciativa de ley refunde, en un solo texto, los proyectos enviados al Congreso sobre administración ciega de patrimonio y enajenar activos, ambos del año 2008, respecto del cual el gobierno había presentado una indicación sustitutiva en junio de 2010. También, sobre declaración de intereses y patrimonio, cuya modificación fue presentada en septiembre del año pasado.
Luego de conformar una mesa de trabajo, entre el gobierno y parlamentarios, se elaboró un nuevo proyecto, que resume y regula, en un solo texto, los proyectos antes mencionados.
Al respecto, el jefe de Estado sostuvo que el espirítu de su gobierno sobre probidad es que “el interés público siempre debe predominar sobre el interés particular, el bien común sobre el bien privado en las actuaciones de todos los funcionarios públicos”, dijo.
Los alcances de la iniciativa
Respecto de la declaración de intereses y patrimonio de las autoridades públicas, se establece que quienes se suman a la obligatoriedad de declarar son los senadores y diputados, miembros del escalafón primario del Poder Judicial, el Fiscal Nacional y los fiscales regionales, el Consejo del Banco Central y los integrantes del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, entre otros. Además, se amplía el plazo a 60 días desde la fecha que asume el cargo, cuya actualización será cada 4 años. En su declaración, cada autoridad o funcionario, deberá indicar todas aquellas actividades y bienes, con su respectiva valorización, bienes muebles, vehículos motorizados, entre otros. La iniciativa mantiene la obligación de incluir los intereses y patrimonio del cónyuge en sociedad conyugal.
Con respecto al mandato de Administración Discrecional de Cartera de Valores, el proyecto obliga al presidente, senadores, diputados y al Contralor a entregar, para la administración de un tercero independiente o mediante un plan de liquidación, la totalidad de las acciones de sociedades anónimas abiertas y otros valores considerados como conflictos por la ley.
Y, sobre la Enajenación de Activos, se establece que autoridades como ministros de Estado, subsecretarios, intendentes y alcaldes, están obligadas a enajenar o renunciar a su participación en empresas proveedoras de bienes o servicios del Estado, de acuerdo al ámbito de su competencia. El plazo para ello es de 120 días siguientes desde la fecha de su nombramiento o desde que legalmente le corresponda asumir en el cargo.
El anuncio, lo realizó el mandatario durante la inauguración del II seminario internacional “Transparencia como Modernización del Estado: experiencia, actores y desafíos”, organizado por el Consejo para la Transparencia, donde estaba presente además, el presidente del Consejo para la Transparencia, Raúl Urrutia y diversas autoridades nacionales e internacionales.
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