La compañía Reale Chile Seguros Generales activó una acción judicial en contra de la firma de origen estadounidense ADT Security Services, denunciando incumplimientos al contrato de servicios de supervisión remota de alarmas, lo que es rechazado por la acusada.
Según explicó Reale en una demanda civil, un grupo de antisociales ingresaron a la sucursal de La Serena de su asegurado PC Factory, logrando sustraer mercadería y otros elementos con gran movimiento dentro de la tienda durante dos días (31 de agosto y 1 de septiembre de 2024), sin que los sistemas de seguridad contratados con ADT alertaran sobre alguna de estas acciones o desplazamientos efectuados por los delincuentes.
Esto, señaló la aseguradora, demostró “graves deficiencias de este sistema”, y que “incluso habiendo sido destruida la caja del sistema de alarmas de ADT que se encontraba en la tienda de PC Factory no hubo alerta”.
“No monitorear, alarmar, ni llamar a PC Factory S.A. (o a la autoridad que corresponda), al existir un ingreso ilegal (…) es un incumplimiento flagrante al contrato y las obligaciones que nacen de él, permitiendo el robo”, sostuvo la compañía de seguros, que dijo haber indemnizado con UF 2.093 a la empresa afectada y que se subrogó en todos los derechos del asegurado.
Por esto Reale Chile, solicitó que ADT le pague las UF 2.093 (unos $ 80 millones) por responsabilidad civil contractual.
“Es un hecho de la causa que, dados los valores sustraídos, el daño a la propiedad para hacer ingreso y tiempo que debió emplear el delincuente, de haber sido alertada la autoridad oportunamente se habría frustrado el ilícito o habría sido de mucho menor cuantía”, dijo la demandante.
“No hubo negligencia”
La firma de seguridad solicitó a la justicia rechazar la acción judicial.
En primer lugar, ADT sostuvo que la demandada no puede haberse subrogado legalmente en todos los derechos y obligaciones de su asegurada, y reclamar el incumplimiento de un contrato del que no es parte.
Luego, enfatizó que “no hubo negligencia de su parte” en el robo, y que la prestación de sus servicios requiere que el equipo de alarmas y demás elementos instalados en el inmueble estén funcionando correctamente.
“Si los delincuentes deshabilitaron los sensores de movimiento como nos informa la demandante, ello condicionó que mi representada no pudiera prestar el servicio, acordándose expresamente que por hechos de terceros el servicio podría suspenderse temporalmente y ello no sería imputable a ADT. Así lo ha resuelto la jurisprudencia”, sostuvo la empresa.
Es más, afirmó que “ADT jamás se obligó -como mal podría hacerlo- a impedir o evitar robos. De hecho, en el contrato de Supervisión Remota de Alarmas se especifica que no se asume esa obligación”.
En ese sentido, la compañía de servicios de seguridad sostuvo: “La demandante solicita se declare el incumplimiento de un contrato del cual no es parte y en el que no se ha subrogado y respecto de una obligación que no estaba en dicho contrato y, es más, expresamente estaba excluida”.