En solo tres meses de gestión, el Comité de Ministros de la administración Kast revisó más de una docena de proyectos con recursos de reclamación pendientes, destrabando inversiones por casi US$ 7 mil millones. Y mientras muchos privados celebran, hay uno que recibió un portazo de la instancia presidida por la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo: Punta Puertecillo, un exclusivo complejo inmobiliario emplazado en Litueche, Región de O’Higgins.
A principios de este 2026, la Inmobiliaria e Inversiones Ayelén Limitada -dueña del proyecto Punta Puertecillo, ligada al empresario Jorge Gálmez- había presentado un recurso de reclamación ante el comité, luego que la Comisión de Evaluación Región de O’Higgins rechazara el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto.
Con esta iniciativa, que considera una inversión de US$ 20 millones, la empresa buscaba “regularizar” el proyecto inmobiliario, el que ha enfrentado duros cuestionamientos, como “la inminencia de un perjuicio ambiental”, según un fallo de la Corte Suprema.
El máximo tribunal, junto con aplicar una multa, ordenó la prohibición de nuevas ventas de terrenos -de un total de 307, de los cuales 197 ya fueron enajenados- hasta la obtención de una Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable.
La inmobiliaria había solicitado al Comité dejar sin efecto la RCA rechazada, y que se retrotrajera el procedimiento de evaluación al estado de tener que elaborarse por el Servicio de Evaluación Ambiental de la región, el Informe Consolidado de Solicitudes de Aclaraciones, Rectificaciones y Ampliaciones (Icsara) del EIA. Esto, según el privado, con el objeto de poder dar respuesta a las observaciones de los órganos competentes y completar la evaluación ambiental ordenada por la Corte Suprema.
No obstante, el pasado 28 de mayo, el Comité de Ministros rechazó la reclamación y, ayer jueves, se liberó el acta del acuerdo alcanzado por la instancia.
En ella, se explicitó que en el marco del Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), los proyectos que contemplen realizar ciertas obras en el suelo rural y que se encuentren dentro de los presupuestos establecidos en las excepciones del artículo 55 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), requieren necesariamente el otorgamiento del Permiso Ambiental Sectorial (PAS) 160.
“La constatación que el proyecto generaría un núcleo urbano fuera de los límites de la planificación territorial implicaría una infracción manifiesta a la normativa (...) no se cumple uno de los requisitos fundamentales del PAS 160”, dijo el comité.
Luego, reiteró que el cumplimiento del requisito relativo a no originar nuevos núcleos urbanos “no logró acreditarse”, habiendo la Seremi de Vivienda y Urbanismo considerado en su pronunciamiento desfavorable que partes específicas de la iniciativa dan cuenta de un incumplimiento al concretarse dicho núcleo, a saber: equipamientos deportivos, comerciales, sociales, culturales; estacionamientos; baño público; locales de comida y bebestibles; entre otros.
Lo que viene
¿Cuáles son las opciones de la inmobiliaria para destrabar el proyecto? Una, a largo plazo, sería solicitar el cambio de uso de suelo del terreno, de agrícola a residencial.
Consultada la compañía sobre las opciones que maneja, ésta se remitió a señalar: “La empresa ha cumplido con el fallo de la Corte Suprema que dispuso el ingreso a evaluación ambiental. Ahora está evaluando los pasos a seguir ante la decisión del Comité de Ministros”.
Para el abogado experto en temas inmobiliarios, Rodrigo Andreucci, el tema es claro: “La inmobiliaria no tiene un IFC en el terreno y malamente el Comité de Ministros puede aprobar un EIA si el uso de suelo no lo autoriza. Es un error de análisis de los riesgos en la tramitación de la RCA”.
El IFC es el Informe de Factibilidad para Construcciones Ajenas a la Agricultura en Área Rural, documento emitido por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que autoriza a los propietarios rurales a levantar construcciones para fines habitacionales, turísticos o de equipamiento en terrenos agrícolas.
En enero, la empresa se había anotado un triunfo al lograr reducir una multa de un tribunal civil de US$ 45 millones, a unos $ 18 millones.
Este litigio se desató en 2019, luego de que la Seremi de Vivienda de la Región de O’Higgins denunciara a la empresa a cargo del proyecto tres una fiscalización en que constató que los predios subdivididos (los 307 sitios), con fines rurales, fueron destinados a uso habitacional.