La cuenta regresiva ya comenzó. En diciembre entra plenamente en vigencia la nueva Ley de Protección de Datos Personales, y las empresas están acelerando sus procesos de adecuación ante una normativa que promete cambiar desde la forma en que se reclutan trabajadores hasta cómo se controla la asistencia, se monitorean correos corporativos o se administran las licencias médicas.
La urgencia se nota. Abogados laborales coinciden en que, durante este último tiempo, las consultas empresariales se multiplicaron y dejaron de concentrarse exclusivamente en las áreas de tecnología. Hoy son las gerencias de personas, los equipos de compliance y los propios directorios quienes buscan entender cómo adaptar procesos que durante años fueron parte de la operación cotidiana.
“Las empresas dejaron de verlo como algo abstracto: lo que antes era ‘hay que revisarlo’, hoy es ‘hay que tenerlo altiro’”, afirma el socio de GNP Canales, Carlos Gutiérrez. En la misma línea, los socios de Lizama Abogados, Luis Lizama y Diego Lizama, sostienen que “la cercanía del 1 de diciembre de 2026 transformó un tema que parecía lejano en una urgencia de directorio”.
El socio de Salinas Toledo, Jaime Salinas, resume el fenómeno en una frase: “La Ley 21.719 dejó de ser un tema de TI para convertirse en tema de directorio, de recursos humanos y de fiscalía”.
El cambio no es menor. La normativa crea la Agencia de Protección de Datos Personales, incorpora un régimen sancionatorio con multas de hasta UTM 20 mil -e incluso de hasta el 4% de los ingresos en casos de reincidencia de grandes empresas- y obliga a que todo tratamiento de datos personales tenga una finalidad específica, una base jurídica y quede debidamente documentado.
Fin de prácticas habituales
Una de las primeras modificaciones afectará al tratamiento de información de trabajadores y postulantes. Según Luis y Diego Lizama, quedarán en entredicho prácticas como “recolectar datos ‘por si acaso’, sin una finalidad determinada”, utilizar el consentimiento genérico firmado junto con el contrato de trabajo, conservar indefinidamente antecedentes de postulantes o compartir información con terceros sin contratos que regulen el tratamiento de esos datos.
Carlos Gutiérrez agrega que muchas compañías todavía mantienen procedimientos que difícilmente resistirán la nueva regulación. Entre ellos menciona “obtener datos de trabajadores mediante cláusulas genéricas sin especificar finalidad”, conservar información de exempleados sin criterios de eliminación o entregar antecedentes a proveedores de remuneraciones, beneficios o seguros sin contratos adecuados. “Hoy eso no existe en la mayoría de las empresas”, advierte.
Monitoreo con límites
Otro de los focos de consulta dice relación con las herramientas de control que utilizan las compañías.
La nueva ley no prohíbe monitorear correos corporativos, revisar navegación por internet, utilizar software para medir productividad o geolocalizar trabajadores de terreno. Sin embargo, cambia completamente las reglas bajo las cuales esas medidas podrán implementarse.
“El punto ya no es si el empleador puede monitorear, sino cómo, para qué y con qué garantías para el trabajador”, plantea Jaime Salinas. A su juicio, muchas empresas deberán revisar sus plataformas tecnológicas, contratos y reglamentos internos para acreditar que los controles responden a una finalidad legítima y que son proporcionales.
Luis y Diego Lizama añaden que “lo que no se admite es el control clandestino”. Explican que el empleador podrá seguir fiscalizando el uso del correo corporativo, pero deberá informar antes al trabajador, establecer reglas claras y justificar jurídicamente el tratamiento de esos datos.
Respecto de la geolocalización, los abogados coinciden en que seguirá siendo posible, aunque con límites mucho más estrictos.
“La pregunta clave será: ¿puedo justificar que este nivel de seguimiento es necesario para prestar el servicio y proteger a la empresa, o estoy simplemente vigilando de más?”, sostiene Salinas. Por ello, advierte que el monitoreo permanente o fuera de la jornada laboral difícilmente podrá justificarse.
Biometría y datos sensibles
Otro de los aspectos que más inquieta a las empresas es el uso de sistemas biométricos para registrar asistencia. Con la nueva normativa, la huella dactilar y el reconocimiento facial pasan a ser datos sensibles, elevando significativamente las exigencias para su utilización.
“Si un trabajador no quiere entregar su huella o rostro, la empresa deberá tener alternativas razonables para control de asistencia”, señala Salinas. En la misma línea, Gutiérrez sostiene que esa obligación ya existe en resoluciones de la DT, pero ahora adquiere un respaldo mucho mayor con la nueva legislación.
Los socios de Lizama Abogados van incluso más allá. “La negativa no puede traducirse en sanción”, afirman, advirtiendo que obligar a un trabajador a utilizar biometría podría derivar tanto en multas administrativas como en acciones por tutela laboral.
La protección reforzada también alcanzará a datos relacionados con la salud, afiliación sindical, antecedentes penales y situación socioeconómica.
“La empresa podrá seguir gestionando la licencia médica, pero no acceder al diagnóstico o la causa ni conservarlos”, explican Luis y Diego Lizama. A su juicio, deberá terminar la práctica de registrar diagnósticos en sistemas internos o compartir esa información con jefaturas.
Carrera contra el tiempo
Pese al creciente interés, el diagnóstico de los tres estudios jurídicos es prácticamente unánime: la mayoría de las compañías aún no está preparada.
Frente a ello, la recomendación también converge. Los expertos llaman a nombrar un responsable interno, levantar un inventario de los datos que maneja la empresa, revisar contratos con trabajadores y proveedores, actualizar reglamentos internos, auditar los sistemas tecnológicos y capacitar especialmente a las áreas de recursos humanos.
Como concluye Carlos Gutiérrez, “sin saber qué datos se tienen, dónde están y para qué, es imposible cumplir”. Una afirmación que, a juicio de los especialistas, resume el principal desafío que enfrentarán las organizaciones antes de diciembre.