Rechazan recurso de amparo de inmobiliaria con edificio fantasma en Estación Central: privado sugiere su “condena de muerte”
Empresa recurrió a la Corte Suprema por inmueble terminado en enero de 2022 y que -hasta ahora- no ha logrado su recepción definitiva. “Lo que ha generado un escenario muy cercano a la liquidación concursal”, afirmó.
Por: J. Troncoso Ostornol
Publicado: Lunes 5 de mayo de 2025 a las 08:30 hrs.
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La Inmobiliaria Federico Scotto SpA (ligada al grupo Biba, de los empresarios Francisco Bascuñán, Armando Ide, Daniel Bossonney y Marcelo Aste) llegó hasta la Corte Suprema en un litigio en contra de la Municipalidad de Estación Central y la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo Región Metropolitana, por un edificio terminado y que -hasta ahora- no logra su recepción definitiva para iniciar su comercialización.
La empresa presentó a principios de enero de este año un recurso de amparo económico en contra de las mencionadas entidades, acusándolas de impedirle desarrollar su actividad económica, esto es, la venta del Edificio Federico Scotto, emplazado en la Avenida Libertador Bernardo O`Higgins 3837, y que consta de 398 unidades destinadas a viviendas y un apart hotel con 155 habitaciones.
“El único activo con que cuenta la inmobiliaria corresponde a un edificio cuya construcción comenzó en 2018 y que se encuentra construido hace más de 3 años. Es dicho activo el que se debe salir a vender o enajenar y explotar para los efectos de generar los ingresos necesarios para pagar a los acreedores que financiaron el edificio”, dijo el privado.
Y añadió: “Habiéndose terminado la construcción del edificio en enero de 2022 (hace 40 meses), sin poder obtener la modificación de permiso y recepción definitiva, no ha podido hacer frente a sus compromisos financieros con acreedores dado que no se pueden enajenar las unidades, lo que ha implicado costos financiero que superan las 106.377 UF ($ 4.160 millones)”.
No obstante, el pasado 23 de abril, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso. “Analizados los elementos de juicio acompañados por la partes, no se evidencia que las instituciones contra las que se recurre de amparo económico hayan amagado el derecho de la amparada a desarrollar su actividad económica, pues solo se ha reparado en aspectos técnicos propios de los permisos de edificación y los usos de suelo regulados”, dijo el tribunal el alzada.
Tras esto, el 28 de abril, la inmobiliaria presentó un recurso de apelación a la Corte Suprema, ante la cual dijo que el amparo económico es la única vía que tiene para reclamar contra los actos de la Municipalidad de Estación Central y la Seremi Minvu.
No avanzar en el procedimiento administrativo de recepción definitiva del edificio, aseguró- le “ha generado un escenario muy cercano a la liquidación concursal, conculcando su garantía del artículo 19 N° 21 de la Constitución Política de la República y dejándola en completa indefensión”.
“De no acogerse el presente amparo, mi representada no podrá desarrollar su actividad económica a fin de honrar el compromiso con sus acreedores, lo que supondrá la liquidación o muerte mercantil de la inmobiliaria”, sostuvo la empresa ante el máximo tribunal, representada por abogados del estudio Barros & Errázuriz.
La defensa dijo que, pese a que ha obtenido autorizaciones administrativas, cuatro dictámenes favorables de la Contraloría y uno de la propia Seremi Minvu, no ha podido desarrollar su actividad económica, mientras que -añadió- varios proyectos similares en el mismo municipio obtuvieron su recepción hace larga data en condiciones iguales o más desfavorables.
“¿Cuál es la única diferencia? El simple hecho de que mi representada eligió someterse al estado de derecho y no a exigencias alejadas de este, realizada por funcionarios hoy apartados de sus cargos por la propia CGR, enviados a Estación Central a través de un convenio de colaboración con el Señor Daniel Jadue, Alcalde de la I. Municipalidad de Recoleta, declarado nulo, lo que la sentencia apelada pasa por alto de forma desoladora”, sostuvo la defensa de la inmobiliaria.
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“Condenarla a su muerte”
La empresa dijo en su escrito ante la Suprema que la Contraloría tiene en curso sumarios administrativos en contra de los funcionarios de las reparticiones públicas recurridas. “El término y resultado de los referidos sumarios, no le permiten a mi representada sortear el obstáculo que las recurridas han implementado para que la Inmobiliaria pueda desarrollar su actividad”, dijo.
Luego, sostuvo que eventuales acciones penales tampoco le permitirán sacar adelante su proyecto. “Los eventuales delitos que pudieran constituir las actuaciones de las recurridas, hechos que han sido puestos en conocimiento por parte de la Contraloría al Ministerio Público y el Consejo de Defensa del Estado, tampoco permiten remover el obstáculo procedimental que permite a mi representada desarrollar su actividad económica”, aseguró la defensa del privado.
Por último, los abogados de la inmobiliaria señalaron que una demanda de responsabilidad en contra de las recurridas y sus funcionarios por falta de servicio tampoco le permitirá “remover el obstáculo procedimental” que le impide desarrollar su actividad.
"Todo lo anterior nos lleva a una ineludible conclusión y que la sentencia apelada lamentablemente no percibió: la única alternativa que le queda a esta Inmobiliaria es pedirle a esta Excma. Corte Suprema el auxilio constitucional a través del amparo económico que ejercemos. Luego, desconocerle a mi representada el auxilio constitucional implica, en los hechos, condenarla a su muerte", aseguró.
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