Este es el borrador del memorándum de 14 puntos entre Estados Unidos e Irán
Bloomberg difundió el listado de lo acordado, en base a una copia del documento al que tuvo acceso. El texto incluye detalles sobre la apertura de Ormuz, el fondo de US$ 300 mil millones al que accederá Irán y el fin de las hostilidades en todos los frentes, incluido el Líbano.
Por: Bloomberg
Publicado: Miércoles 17 de junio de 2026 a las 07:48 hrs.
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Se espera que Estados Unidos e Irán firmen formalmente un memorándum de entendimiento el 19 de junio en Suiza, allanando el camino para 60 días de conversaciones destinadas a poner fin definitivamente a la guerra y establecer nuevos límites estrictos al programa nuclear iraní.
A continuación, se presenta el texto del borrador del memorándum de 14 puntos, al que tuvo acceso Bloomberg News.
La agencia de noticias iraní Tasnim citó el miércoles a un funcionario no identificado señalando que partes del texto publicado por Bloomberg son inexactas. El reporte no especificó cuáles eran las diferencias. Bloomberg informó previamente que podría haber discrepancias en la redacción entre las versiones en inglés y persa del memorándum de entendimiento.
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{{/if}}1. La República Islámica de Irán y Estados Unidos, junto con sus aliados en la guerra actual, declaran, con la firma de este Memorándum de Entendimiento, un fin inmediato y permanente de la guerra en todos los frentes, incluido Líbano, y se comprometen a que, desde ahora, no emprenderán ninguna acción hostil entre sí y se abstendrán de la amenaza o el uso de la fuerza uno contra otro. El acuerdo final confirmará las disposiciones de este artículo y de los artículos restantes.
2. La República Islámica de Irán y Estados Unidos se comprometen a respetar mutuamente su soberanía e integridad territorial, y a abstenerse de interferir en los asuntos internos del otro.
3. La República Islámica de Irán y Estados Unidos se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo final dentro de un plazo máximo de 60 días, prorrogable por consentimiento mutuo.
4. Inmediatamente después de la firma de este Memorándum de Entendimiento, Estados Unidos levantará el bloqueo naval y evitará cualquier interferencia u obstrucción contra la República Islámica de Irán, y restablecerá el tráfico a su plena capacidad en un plazo máximo de 30 días; el tráfico marítimo será proporcional al volumen de tráfico previo a la guerra por parte de la República Islámica de Irán. Estados Unidos también se compromete a retirar sus fuerzas de las zonas circundantes dentro de los 30 días posteriores al acuerdo final.
5. Tras la firma de este Memorándum de Entendimiento, la República Islámica de Irán adoptará inmediatamente medidas para garantizar que el tránsito de buques mercantes desde el golfo Pérsico hacia el mar de Omán y viceversa se reanude, dentro de 30 días, al volumen previo a la guerra, considerando la necesidad de eliminar obstáculos técnicos y neutralizar minas por parte de Irán.
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{{/if}}6. Estados Unidos se compromete, junto con sus socios regionales, a crear un plan integral acordado por ambas partes para la rehabilitación y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán, garantizando un financiamiento de al menos US$ 300 mil millones. El mecanismo de implementación de este plan, como parte del acuerdo final, será formulado dentro de 60 días.
7. Estados Unidos se compromete a poner fin, de acuerdo con un calendario que será acordado como parte del acuerdo final, a todo tipo de sanciones que actualmente enfrenta la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas y de la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), así como todas las sanciones unilaterales de Estados Unidos, tanto primarias como secundarias.
8. La República Islámica de Irán reitera que nunca producirá armas nucleares. La República Islámica de Irán y Estados Unidos han acordado que el destino del material enriquecido y de todos los demás asuntos relacionados con lo nuclear acordados mutuamente, incluidas las necesidades nucleares de Irán, serán abordados adecuadamente en un acuerdo final; dicho acuerdo confirmará las disposiciones de este artículo.
9. La República Islámica de Irán y Estados Unidos acuerdan que, mientras se alcanza un acuerdo final, mantendrán el statu quo: Irán mantendrá el statu quo en su programa nuclear y Estados Unidos no impondrá nuevas sanciones a Irán ni reforzará sus fuerzas en la región.
10. Estados Unidos se compromete a que, inmediatamente después de la firma de este Memorándum de Entendimiento y hasta la fecha del levantamiento de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitirá exenciones para las exportaciones de crudo iraní, productos petroquímicos y sus derivados, así como para todos los servicios relacionados, incluidos banca, seguros, transporte y similares.
11. Estados Unidos se compromete a que, a la luz de los avances de las negociaciones hacia un acuerdo final, los fondos y activos congelados o restringidos de la República Islámica de Irán serán liberados y puestos plenamente a disposición. Estos fondos, ya sea que se mantengan en la cuenta principal o sean transferidos, se utilizarán para cualquier pago al beneficiario final determinado por el Banco Central de la República Islámica de Irán y estarán completamente disponibles para su uso. Estados Unidos se compromete a emitir todos los permisos y licencias necesarios sobre esta base.
12. La República Islámica de Irán y Estados Unidos acuerdan que se establecerá un mecanismo de implementación para supervisar la correcta ejecución y el cumplimiento futuro del acuerdo final.
13. Tras la firma de este Memorándum de Entendimiento, y una vez recibidas garantías respecto del inicio de la implementación de los artículos 4, 5, 10 y 11 de este Memorándum de Entendimiento, así como de la continuidad de dichas medidas, la República Islámica de Irán y Estados Unidos iniciarán negociaciones para un acuerdo final únicamente respecto de los artículos restantes.
14. El acuerdo final será aprobado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
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