Claves para entender la ley de subsidio a la tasa de interés hipotecaria
Se asignarán hasta 50.000 subsidios a personas naturales cuyo valor no superará las 4.000 UF. De estos, 6.000 se destinarán exclusivamente a personas beneficiarias de los subsidios DS01 y DS19, cuyo valor no podrá ser superior a las 3.000 UF.
Por: Sofía Pumpin
Publicado: Miércoles 21 de mayo de 2025 a las 13:20 hrs.
Foto: Julio Castro
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Durante la tarde de este lunes, el subsidio a la tasa de interés hipotecario se despachó como ley, luego de que fuera aprobado con 129 votos en la Cámara de Diputados.
El proyecto tiene como propósito generar un efecto reactivador en el sector inmobiliario y de la construcción, además de impulsar la inversión, el empleo y facilitar el acceso a la vivienda, en complemento al Plan de Emergencia Habitacional.
50.000 subsidios
Entre los puntos más relevantes, se establece un subsidio a la tasa de interés del Crédito Hipotecario de Viviendas Nuevas, que incorporó un subsidio de hasta 60 puntos base sobre la tasa de interés asociada al crédito hipotecario.
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Se asignó hasta 50.000 subsidios, con un valor inferior a las UF 4.000 ($ 156.636.600). Los beneficiarios deberán cumplir con el requisito de que se trate de la primera venta efectuada sobre la vivienda y con las condiciones del Programa de Garantías Apoyo a la Vivienda Nueva.
De estos, 6.000 subsidios no podrán superar las UF 3.000 ($ 117.485.010) y se destinarán exclusivamente a personas naturales beneficiarios del DS01 y DS19.
El programa estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2030 o hasta 15 años después de que se otorgue el último crédito. Y, el beneficio no será aplicable a compraventas de promesas celebradas con anterioridad al 31 de diciembre de 2024 y solo se podrá solicitar financiamientos hasta 24 meses después de la fecha de publicación.
Programa de Apoyo a la Vivienda Nueva
La norma introdujo cambios en la ley que creó el Fondo de Garantías Especiales (Fogaes). Entre estos se renueva el Fondo en el área de Construcción hasta el 31 de diciembre de 2025; y se crea el “Programa de Apoyo a la Vivienda Nueva” enfocado en las unidades nuevas que se entregarán en conjunto al subsidio.
Con todo, el Fondo no podrá garantizar más del 60% del valor de la vivienda. Al igual que el subsidio, el fondo tampoco podrá garantizar créditos para compraventa de viviendas cuya promesa sea anterior al 31 de diciembre del año anterior y se podrán solicitar financiamientos hasta 24 meses después de publicada la ley.
Enfoque en las regiones rezagadas
Además, establece una habilitación legal para implementar un “Programa de Garantías para la Recuperación Productiva Regional”. Inicialmente, el foco se colocó en la región del Biobío, con extensión a otras regiones como Arica y Parinacota, Valparaíso, enfocándose en Viña del Mar, tras los recientes incendios.
Luego de que la ley fuera despachada, la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, valoró las modificaciones y mejoras integradas al programa y aseguró que “los ajustes incorporados permitirán que este beneficio se aplique con claridad en una o más regiones que lo requieran, según sus distintas necesidades y que justifiquen el uso de medidas de reactivación productiva, como podría ser un desastre natural”.
Rol de las instituciones financieras
Por su parte, las instituciones financieras tendrán la responsabilidad de informar al cliente si las condiciones de mercado fueron más favorables que las ofrecidas al momento de la contratación del crédito.
Y, entre los meses de enero y abril de cada año, deberán informar al Ministerio de Hacienda, el monto total de los subsidios vigentes en el año anterior. El monto correspondiente será pagado por la Tesorería General de la República con cargo al Fisco, con base en la orden de pago que emita la Subsecretaría de Hacienda.
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