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REGÍSTRATE AQUÍSe eximirá en un 50% del impuesto territorial a dichos emplazamientos. Desembolsos para mantenciones y restauración podrán ser gasto necesario para la renta.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Miércoles 19 de junio de 2019 a las 04:00 hrs.
Un total de 87 páginas tiene el proyecto que reforma la ley de patrimonio cultural, el cual inició ayer su camino en la Cámara de Diputados. El foco de la iniciativa es simplificar los trámites e incentivar la restauración y mantención del patrimonio del país, pero también considera una importante arista económica.

La propuesta legislativa, que lleva la firma de once secretarios de Estado, propone una serie de incentivos tributarios enfocados en los monumentos históricos y los museos que tengan fines comerciales y sean privados.
En el detalle, se crean dos beneficios impositivos: el primero apunta a una exención del 50% del impuesto territorial -también conocido como contribuciones de bienes raíces- para monumentos históricos con fines comerciales y museos privados.
El segundo incentivo es que los dueños de museos históricos, museos privados inscritos en un registro especial, los inmuebles de conservación histórica, y los inmuebles situados en zonas típicas y de conservación histórica, podrán gozar de exenciones tributarias al desembolsar recursos para mantención, rehabilitación, restauración o conservación de dicha infraestructura.
Dichas ventajas serán que, en el caso de las empresas, podrán reconocer como gasto necesario para la renta dichos recursos, con un tope del 2% de la renta líquida imponible o el 1,6% del capital propio al término del ejercicio. Esto, por proyecto.
Para las personas, en tanto, la norma establece que se tratará como un crédito tributario contra el Global Complementario los fondos con un tope de 320 UTM ($ 15,6 millones).
Según el informe financiero del proyecto de ley, elaborado por la Dirección de Presupuestos (Dipres), el costo de las exenciones para las arcas fiscales se proyecta sobre la base de dos escenarios.
En el primer modelo -más conservador- se estima un impacto total de US$ 8,9 millones ($ 6.242 millones), de los cuales US$ 3 millones ($ 2.147 millones) corresponden a las exenciones en las contribuciones a monumentos históricos y museos privados, mientras que los restantes US$ 5,9 millones se destinan a los gastos necesarios para la renta de empresas y personas. Este primer escenario considera que entre el 1% y el 5% de los propietarios utiliza las ventajas tributarias propuestas.
El segundo escenario es menos conservador e implica un costo al año para el Fisco de US$ 31,4 millones ($ 21.916 millones), de los cuales casi la totalidad (US$ 28,2 millones) se explican por aceptar como gasto descontable de impuestos los desembolsos en restauración y conservación. La menor recaudación por impuesto territorial es igual que en el primer escenario. En este modelo, entre el 5% y el 20% de los propietarios se acogen a los beneficios tributarios.
El otro ítem en el que el Fisco deberá desembolsar recursos es en una serie de modificaciones institucionales al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, los que solo ascienden a $ 797 millones por año.
El proyecto fue firmado, aparte del Presidente de la República, por los titulares de Interior, Hacienda, Economía, Educación, Justicia, Obras Públicas, Vivienda, Bienes Nacionales, Medio Ambiente y las Culturas.
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