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SII pone la lupa sobre loteos de terrenos con camino en medio de puesta al día de actos elusivos

Servicio sumó 10 casos al Catálogo de Esquemas Tributarios, cuyo carácter podría cuestionar en tribunales. Apunta a subdivisiones que esconden caminos construidos, lo que afectaría la venta con IVA.

Por: Sebastián Valdenegro | Publicado: Martes 13 de diciembre de 2022 a las 04:00 hrs.
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Foto: Agencia UNO
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Desde 2016 que el Servicio de Impuestos Internos (SII) actualiza a fines de cada año el Catálogo de Esquemas Tributarios, un texto en el que enumera una serie de operaciones que podrían ser definidas como potencialmente elusivas, en el marco de la Norma General Antielusiva (NGA).

Esto se refiere a que si bien son operaciones legales, su naturaleza podría ser desafiada ante tribunales, al perseguir como único objetivo reducir la carga tributaria. En este sentido, la elusión difiere de la evasión, ya que la primera utiliza los instrumentos legales, mientras que la segunda es derechamente ilícita.

En esta versión, el SII sumó 10 operaciones para llegar a 75 esquemas.

Según informó el director del SII, Hernán Frigolett, en compañía de la subdirectora de Fiscalización, Carolina Saravia, la idea del documento es entregar certeza y mejorar el cumplimiento tributario de los contribuyentes. La naturaleza elusiva del acto se determinará en las instancias de fiscalización y basado en los antecedentes que presente el contribuyente.

Una de las operaciones que destaca en el catálogo se relaciona con el loteo de terrenos producto de una subdivisión, un tema coyuntural en el marco del polémico instructivo del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) que restringe las parcelaciones rurales.

Hoy, la venta de un loteo está afecta a IVA en la medida que comprenda ciertas construcciones a su alrededor, por ejemplo un camino. En caso de comercializarse sin estas instalaciones, está exenta del gravamen.

El SII agrega como potencialmente elusiva la venta del inmueble loteado pero ocultando la existencia de un camino, para así acceder a la exención del IVA.

El supuesto del esquema considera a un contribuyente del IVA y vendedor habitual de estas propiedades, quien excluye una franja de terreno en la que se construyó un camino y portón de acceso.

Los 10 nuevos casos que el SII
considerará como potencialmente elusivos

Casos Partícipes Resultado
Distribución de dividendos como parte del precio de compraventa de las acciones y cuotas, destinado a disminuir la base imponible del IDPC y/o impuestos finales que hubiese correspondido. Un FIP A que es accionista de C en la misma proporción que B; Un FIP B que es accionistas de C en la misma proporción que A; C, que es una SpA constituida en Chile; y D, que es una sociedad que no es parte del grupo empresarial. Por medio de la operación, se afectaría el Impuesto de Primera Categoría y/o impuestos finales correspondientes al mayor valor obtenido tras las venta a D.
Reorganización empresarial destinada al traspaso de activos evitando la realización de un mayor valor y consecuente pago de Impuesto a la Renta. Persona natural domiciliada o residente en Chile, que controla A y C; A, que es una sociedad de responsabilidad limitada accionista mayoritaria de B; B, que es una SpA constituida en Chile; C, que es una entidad domiciliada o residente en el extranjero; y D, que es una sociedad constituida en Chile. Los activos situados en el extranjero que eran de propiedad de una sociedad en Chile, pasan a ser de propiedad de C, evitando el Impuesto de Primera Categoría correspondiente al mayor valor que habría significado su enajenación directa.
Reorganización empresarial con el objeto de incrementar el valor de la inversión, a fin de que, junto con las condiciones pactadas en la posterior venta de acciones, se genere una pérdida tributaria que permita solicitar devolución de PPUA. A, que es una sociedad accionista de B; B, que es una sociedad; y C, que es una sociedad que nace tras la división Se aumenta el valor de la inversión, lo que sumado a los términos en que se pacta la compraventa, genera una pérdida que permite la solicitud de devolución de PPUA.
Contrato de promesa de compraventa de inmueble que permite la distribución de utilidades en favor de un accionista. A, que es una sociedad constituida en Chile; y B, que es una persona natural que es dueña del 50% de las acciones de A. La operación permite a B obtener flujos de la sociedad de la cual es accionista, sin denominarlo como una distribución de dividendos, mediante lo cual se evita o posterga el pago de impuestos finales correspondientes.
Distribución o retiro de utilidades mediante cuenta por cobrar cuyo valor aumenta considerablemente tras el acuerdo de una transacción extrajudicial. A, que es una persona natural que accionista o socia de B; B, que es una sociedad constituida en Chile; y C, que es una sociedad constituida en Chile. La operación permitiría distribuir o retirar utilidades por parte de A, evitando el pago de impuestos finales por dicho concepto.
Venta de inmuebles consistentes en lotes producto de una subdivisión, la que no comprende el camino construido. A, que es un contribuyente de IVA y es vendedor habitual. La operación permitiría vender las parcelas sin afectar la venta con IVA.
Adquisición de un inmueble a través de una sociedad intermedia para efectos de evitar la configuración de los supuestos de relación entre las partes de un contrato de compraventa, y beneficiarse de parte del mayor valor que puede ser considerado como ingreso no renta de acuerdo a la LIR. A, que es una persona natural padre de C y accionista de B; B, que es una sociedad por acciones; y C, que es una persona natural sin inicio de actividades como empresario individual. La operación permite calificar como ingreso no renta aquella parte del mayor valor que se obtenga producto de la venta del inmueble y que no exceda una cantidad equivalente a 8.000 UF .
Utilización indebida de la franquicia tributaria consistente en la obtención de devolución de remanente de crédito fiscal por inversión en activo fijo por un grupo empresarial Padres o líderes de familia, que son dueños de A; A, que es una sociedad inmobiliaria familiar dueña de B y C; B, que es una SpA; y C, que es una sociedad constructora La operación permitiría obtener fraudulentamente la devolución de crédito fiscal IVA.
Cuentas por cobrar y por pagar generadas intragrupo empresarial-familiar permite -en un proceso de reorganización- asignar pasivos a la sociedad holding, la que disminuye su valor patrimonial, y permite que tras su fusión se determine una relación de canje en beneficio de los hijos. A, que es una sociedad constituida por hijos del líder de la familia; B, que es una sociedad holding del grupo y cuyo único accionista es el líder de la familia; y C, que es una sociedad constituida por A. El esquema permite traspasar parte del patrimonio del líder de la familia en favor de sus hijos, quienes adquieren la mayor parte del negocio familiar, incrementando los hijos su patrimonio, evitando la aplicación del impuesto a las herencias y donaciones.
Reorganización empresarial con el objeto de evitar la aplicación del Artículo 41 G de la LIR Líder de familia, que es único dueño de A; A, que es una sociedad constituida en Chile y dueña de B; B, que es una sociedad extranjera; y C, que es una sociedad constituida en Chile por los hijos del líder de la familia. El esquema hace inaplicable el artículo 41 G, y posterga o difiere el nacimiento de la obligación tributaria vinculada a las rentas pasivas percibidas o devengadas por la sociedad extranjera.

Fuente: versión actualizada del catálogo de esquemas tributarios, SII.

Los otros casos

Las nueve operaciones adicionales que contempla el catálogo de actos eleusivos se relacionan con diversos temas, como transacciones que afectarían la determinacion del valor mayor en la enajenación de activos.

Por ejemplo, se apunta a la distribución de dividendos como parte del precio de compraventa de las acciones y cuotas, destinado a disminuir la base imponible del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) y/o impuestos finales; una reorganización empresarial destinada al traspaso de activos evitando la realización de un mayor valor y consecuente pago de Impuesto a la Renta; y acceder de manera fraudulenta a devoluciones de Pagos Provisionales por Utilidades Absorbidas (PPUA) mediante el engrosamiento del monto de una inversión y así generar una pérdida tributaria.

También se contemplan situaciones en que se esconden distribuciones de utilidades y así reducir el impuesto final. Aquí entran operaciones como contratos de promesa de compraventa de inmuebles que permiten la distribución de utilidades en favor de un accionista, y la distribución o retiro de utilidades mediante cuentas por cobrar cuyo valor aumenta considerablemente tras el acuerdo de una transacción extrajudicial.

Los otros cinco casos se relacionan con el mal uso de franquicias tributarias y el uso de estructuras que evitan los supuestos de relación y la configuración de un hecho gravado.

Aquí entra la figura del loteo ya mencionado, pero también otras como burlar las normas de relación entre familiares para acceder a exenciones, como la utilidad de hasta 8 mil UF en la venta de un bien raíz, o normas de control de las rentas pasivas en el extranjero (ver tabla).

NGA: SII va a la justicia

Frigolett y Saravia también revelaron que por primera vez el servicio llevó casos a la justicia para buscar la calificación de actos como elusivos.

De hecho, han presentado seis requerimientos ante los Tribunales Tributarios y Aduaneros (TTA), en causas ligadas al uso indebido de franquicias tributarias, estructuras para ocultar hechos gravados a partir del traspaso de patrimonio intergeneracional, y actos que buscan ocultar la generación de rentas.

Estos casos se encuentran en proceso de análisis en los TTA.

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