Corte Suprema frena obras del Club Palestino y el deportivo lo califica como abuso municipal
La entidad está trasladando sus canchas deportivas, hoy visibles desde la vía pública, hacia zonas más internas del recinto; pero el municipio ordenó la paralización de las obras. Mientras el abogado del club calificó como un “abuso escandaloso” el frenazo de las obras.
Por: Laura Guzmán
Publicado: Jueves 20 de febrero de 2025 a las 20:30 hrs.
Foto: Rodolfo Jara
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En un fallo reciente, la Corte Suprema le cerró la puerta al Club Palestino, luego de que el máximo tribunal respaldara la decisión de la Municipalidad de Las Condes, que había paralizado los trabajos de traslado de algunas canchas deportivas ubicadas en el estadio tras detectar que las construcciones se realizaban sin la autorización correspondiente.
El conflicto se originó a inicios del año 2024, período en el cual el Club Palestino decidió reubicar sus canchas deportivas con vista a la calle hacia áreas internas de sus instalaciones. La razón principal de esta determinación fue que distintos usuarios de las canchas habían sido “víctimas de incidentes de acoso y agresiones verbales” por individuos que actuaban en las inmediaciones del recinto.
“Estos ataques incluyen insultos xenofóbicos, amenazas y también se han extendido a tristes e ilegales actos invasivos como la toma de fotografías y grabaciones de nuestras niñas y niños sin consentimiento alguno, seguido de la difusión de estas imágenes de menores de edad”, señaló el club.
En este contexto, la entidad explicó que “en respuesta a estos peligrosos y perjudiciales actos, protegiendo la privacidad y seguridad de quienes les debemos nuestra protección, hemos tomado la decisión de alejar del perímetro aquellas canchas deportivas”.
Sin embargo, tras algunas semanas de trabajos en la nueva infraestructura deportiva, el municipio emitió una resolución que ordenó la paralización de dichas obras, argumentando la falta de permisos necesarios y medidas de mitigación correspondientes. Asimismo, un par de días después, la municipalidad ingresó una denuncia ante el Juzgado de Policía Local, alegando que el club no acató la resolución de paralización y carecía de permiso municipal.
“Acto ilegal y arbitrario”
En respuesta a la resolución del municipio, en abril del año 2024 el Club Palestino ingresó a la Corte de Apelaciones un recurso de protección en contra de la Dirección de Obras Municipales (DOM) de la comuna, acusando “los actos ilegales y arbitrarios en los que ha incurrido, producto de los cuales han dañado actual y gravemente el derecho” de la institución.
La principal defensa del club radicó en la improcedencia de exigir un permiso de edificación para la ejecución de las obras de traslado de canchas al interior del estadio, argumentando que no se trataba de una edificación o urbanización, sino de obras no estructurales que no requieren autorización de la DOM y que solo deben ser informadas a dicho organismo una vez finalizadas.
Además, el centro enfatizó que la ausencia de especificación sobre las medidas de mitigación necesarias y las sanciones aplicables creó un escenario de incertidumbre legal que lo expone a la posibilidad de sanciones futuras arbitrarias.
En tanto, la municipalidad rechazó en todas sus partes la demanda ingresada por el club, recalcando que la DOM actuó conforme a derecho, dentro del marco legal de sus atribuciones y en una forma exenta de arbitrariedades.
El municipio también destacó que, a pesar de la orden de paralización de obras, el club siguió construyendo las canchas, por lo que procedieron a cursar una denuncia de infracción en el Juzgado de Policía Local.
“En la normativa urbanística vigente aplicable, no existen antecedentes que señalen que el desplazamiento de canchas y las obras descritas no requieren permiso de edificación. (...) No solo las obras que generan superficie requieren un permiso de obras. También existen otras, que no implican metros cuadrados de construcción, que sí requieren del permiso respectivo”, enfatizó el informe municipal.
Con estos hechos sobre la mesa, la Corte de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de protección y denegó la orden de no innovar.
Portazo al club
Insatisfechos con la decisión del tribunal de segunda instancia, la municipalidad escaló el conflicto a la Corte Suprema. En su fallo, la justicia determinó que la normativa urbanística vigente exige la obtención de permisos municipales para cualquier obra que implique la construcción de elementos estructurales. En este caso, el traslado de las canchas del Estadio Palestino incluyó la instalación de postes de iluminación, muros de contención y cierres perimetrales, lo que excede la categoría de obras menores y, por ende, requiere autorización de la DOM.
Asimismo, el fallo subrayó que la falta de especificación en la resolución municipal sobre las obras paralizadas no afecta la legalidad del acto administrativo. La Corte argumentó que los elementos estructurales detectados forman parte de una unidad funcional dentro del complejo deportivo, por lo que el Club Palestino debía cumplir con los requisitos establecidos por la legislación vigente.
Otro punto clave en la resolución fue la constatación de que, a pesar de la orden de paralización, las obras continuaron. Según la Corte Suprema, la DOM estaba facultada para fiscalizar el cumplimiento de la normativa y, ante el incumplimiento reiterado del club, podía elevar el caso al Juzgado de Policía Local para aplicar sanciones correspondientes.
"Abuso escandaloso"
El abogado del Club Palestino, Carlos Pereira Jadue, calificó como un “abuso escandaloso” la paralización de las obras de remodelación de las canchas deportivas del recinto, atribuyéndola a presiones indebidas de la Municipalidad de Las Condes. “La Municipalidad solo busca presionar al Club Palestino para que le ceda terrenos, y como se ha negado, ha respondido con este abuso”, afirmó.
Además, sostuvo que la resolución de la Corte Suprema del 11 de febrero no se pronunció sobre la legalidad de la medida, sino únicamente sobre la inexistencia de una vulneración al derecho a desarrollar actividades económicas. “Afirmar que la Corte Suprema resolvió la legalidad de la paralización es falsa”, precisó el jurista, agregando que el Fiscal Judicial Jorge Norambuena Carrillo ya concluyó en un informe que las obras no requerían permiso de edificación previa.
Pereira también denunció que la Municipalidad ha aplicado incorrectamente la normativa urbanística y ha intentado “distorsionar la realidad” para justificar un acto ilegal. “Lo que estamos viendo es un intento desesperado del municipio por maquillar la ilegalidad de su actuar, tratando de instalar en la opinión pública que la Corte Suprema avaló su decisión”, sostuvo. Asimismo, reiteró que la legalidad de la paralización sigue siendo objeto de disputa en otros procedimientos judiciales y que el Club Palestino continuará ejerciendo todas las acciones legales necesarias para defender sus derechos.
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