Este miércoles, la Corte de Apelaciones de Santiago sorprendió con un fallo inédito, en el que anuló el laudo arbitral -dictado por un tribunal presidido por Pedro Pablo Vergara en el Centro de Arbitraje y Mediación de la Cámara de Comercio de Santiago, más conocido como CAM Santiago- del Caso Australis.
Dicho laudo ordenaba al empresario chileno Isidoro Quiroga pagar cerca de US$ 300 millones (incluyendo intereses) a la china Joyvio, aludiendo a un sobreprecio pagado en la compraventa de la salmonera Australis, que se selló en 2019 por unos US$ 920 millones.
A grandes rasgos, el fallo de la Corte estimó que se estaba sancionando por un tema distinto al que se discutía en la demanda arbitral, que tenía que ver con una indemnización de perjuicios. De ahí el centro de la anulación de la sentencia.
“El laudo que se impugna resolvió como si se tratara de una acción de restitución por rebaja del precio, alejándose de la base inmediata de la demanda”, se lee la decisión de los jueces.
El fallo es histórico porque es primera vez que la justicia anula un laudo de esta índole, marcando un hecho inédito para la historia de la Ley de Arbitraje Comercial Internacional.
La decisión se selló por dos votos a uno. A favor estuvieron el ministro Guillermo de la Barra y la abogada integrante Catalina Infante; en contra, el ministro Fernando Valderrama.
A favor
Guillermo Eduardo de la Barra Dünner es uno de los hombres clave de la Corte de Apelaciones de Santiago, dicen distintos juristas consultados por este medio, y ya tiene una vasta carrera en este tribunal.
Es ministro de la Corte desde 2016 y, además, preside el Primer Tribunal Electoral de la Región Metropolitana para el cuatrienio 2023-2027.
De la Barra sabe de casos bullados y en su carrera ya le había tocado enfrentar juicios seguidos por el ojo público.
En 2021, de hecho, fue designado -junto a Paola Plaza- por el Pleno de la Corte Suprema para tomar las causas sobre violaciones de DDHH en la dictadura que estaban a cargo de ministros como Mario Carroza, quien recientemente había ascendido a la posición de ministro en el Máximo Tribunal.
Posteriormente, Plaza se quedaría a cargo de estos casos y De la Barra quedó con dedicación preferente para las causas sobre sustracción de menores y adopciones ilegales no vinculadas a procesos llevados en el contexto de violaciones de DDHH.
Pero además, el juez ha definido sentencias históricas. Los archivos del Poder Judicial destacan que fue quien condenó a Raúl Escobar Poblete a 18 años de presidio por el homicidio terrorista de Jaime Guzmán y que también condenó a dos exagentes de la DINA, Gerardo Godoy y Rodolfo Concha, por el secuestro calificado de Alfonso Chanfreau.
En el mundo legal, principalmente, destacan su participación en el fallo que, en 2021, revocó el fallo de primera instancia que había condenado a seis personas por la muerte del expresidente Eduardo Frei Montalva, absolviendo a los seis acusados.
Por su parte, la abogada integrante que falló en línea con De la Barra, Catalina Infante Correa, tiene una carrera mucho más reciente en la Corte.
Antes de saltar al Poder Judicial, Infante, entre 1996 y 2008, ocupó distintos cargos en el Estado, en las unidades legales de instituciones como el Sernac, el Servicio Nacional de la Mujer y el Ministerio de Justicia.
Infante juró el 1 de marzo de 2024 como abogada integrante de la corte capitaliana: desde esa fecha, ha participado en fallos como el que confirmó la decisión del Consejo para la Transparencia que ordenó la entrega de las denominadas “notas explicativas” de informes diarios de las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs) entre 2015 y 2022; y el que revocó una sentencia contra Mercado Libre que ordenaba el pago de una multa por infracciones a la Ley de protección de los derechos de los consumidores.
Al igual que De la Barra, también ha participado en casos ligados a DDHH, como aquel que elevó la indemnización que el fisco debía pagar -por daño moral- al director de la Escuela República de México sometido a torturas en 1973.
La disidencia
El voto disidente, en tanto, llegó de manos de Fernando Valderrama, quien juró en enero de este año como ministro de la Corte de Apelaciones.
“No se advierte en el laudo una infracción a los principios que conforman el orden público internacional; por el contrario, la decisión busca restablecer el equilibrio conmutativo del contrato ante la acreditación de declaraciones falsas que determinaron el precio de la transacción”, estimó este juez en el fallo de Australis.
Previo a su aterrizaje en la Corte, el abogado de la Universidad Católica del Norte inició su carrera judicial como secretario del 11° Juzgado del Crimen de Santiago, en 2005. Luego, Valderrama ejerció como juez del 8! Juzgado de Garantía de Santiago y relator titular de la Corte Suprema. Asimismo, se había desempeñado como ministro suplente interino de la Corte de Santiago.
Entre sus fallos recientes, fue parte del equipo que tuvo que ratificar, en 2024, la prisión preventiva en contra del exsubsecretario del Interior, Manuel Monsalve, imputado por abuso sexual; estuvo en la anulación de la autorización de visitas conyugales y videollamadas de internos de un penal de alta seguridad; y, en materia de DDHH, elevó la indemnización a Eduardo Abdón Araya, quien fue detenido en abril de 1976, a sus nueve años, por agentes de la DINA.