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Publicado: Martes 6 de agosto de 2019 a las 21:10 hrs.
El pasado 24 de julio, la justicia laboral volvió a recalcar que para que una empresa pague gratificaciones a sus trabajadores, debe tener utilidades. Sobre el tema, el estudio de abogados Parraguez & Marin explicó los alcances del pronunciamiento.
De acuerdo a la normativa, la gratificación es una remuneración que consiste en una parte de las utilidades con que el empleador beneficia el sueldo del trabajador, regulado en los artículos 46 y siguientes del Código del Trabajo.
Según explicaron los abogados, para dar cumplimiento a esta obligación, la ley concede la opción al empleador de escoger entre tres modalidades: una convencional, que es aquella que acuerden las partes libremente, respetando los mínimos establecidos por la ley (artículo 46); una denominada "del artículo 47", constituida por el reparto del 30% de las utilidades de la empresa; y la llamada "del artículo 50", en que el empleador abona o paga a sus trabajadores el 25% de lo devengado en el respectivo ejercicio, con tope de 4,75 ingresos mínimos mensuales, cualquiera sea la utilidad líquida que obtenga (artículo 50).
Sobre esto, recientemente el el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones concluyó que el nacimiento de la gratificación se encuentra condicionado a la existencia previa de utilidades líquidas. Señalando que para determinar si corresponde o no el pago de gratificaciones, se debe revisar si existen o no utilidades líquidas en los periodos en que se demanda su pago. De no haber utilidades, no debería existir gratificación.
La construcción de Music Hall Ñuñoa contempla una inversión de US$ 35 millones y tendrá capacidad para recibir hasta 4.700 personas en conciertos, obras de teatro y encuentros culturales.
En la Cuenta Pública de la entidad, Nicolás Rojas criticó que las restricciones "se han mantenido en el tiempo ya por tres gobiernos de distintos signos, poniendo en riesgo la fortaleza de la institucionalidad de defensa de la libre competencia".
Junto con el funcionario, también dejaron la cartera su jefa de gabinete y la jefa de la división jurídica. En reemplazo de Araos, asumió como subsecretaria subrogante Carolina Rossi, quien se desempeñaba como jefa de la división de Tecnología Emergente de la cartera.
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Su curiosidad temprana la llevó a estudiar las enfermedades infecciosas y a contribuir en el desarrollo de la primera vacuna aplicada masivamente en Chile contra el Covid-19. Hoy, la Dra. Susan Bueno, reconocida en 2024 como inventora del año, continúa aportando desde la investigación al fortalecimiento de la salud. Mira aquí su entrevista