El Consejo Fiscal Autónomo (CFA) ha estado en el centro de la discusión política en las últimas semanas, luego de que el diputado del Frente Amplio, Jaime Sáez, recurriera a la Contraloría para denunciar un potencial conflicto de interés e inhabilidad del consejero del CFA, Hermann González, por también ser director de AFP Cuprum.
La situación también podría terminar afectando al próximo consejero de la entidad, Joaquín Vial, ya que el exdirector de Presupuestos es director de las aseguradoras de MetLife.
Dado lo anterior, la presidenta de la comisión de Hacienda del Senado, Ximena Rincón (Demócratas), envió un oficio al Ministerio de Hacienda para requerir aclaraciones sobre las incompatibilidades y conflictos de interés en el ejercicio de consejero del CFA y también directivo de empresas del sector financiero.
Este viernes, la respuesta llegó. En un oficio de cuatro páginas, la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner, entrega la versión del Ejecutivo para ambos casos, estableciendo también un inédito rayado de cancha para ambos consejeros respecto a potenciales conflictos de interés al ejercer el cargo.
Pronunciamiento sobre Vial
Berner analiza primero la situación de Vial, señalando que su cargo como director de MetLife Chile Seguros de Vida y de MetLife Chile Seguros Generales no es incompatible con el cargo de consejero del CFA, ya que si bien ambas son entidades financieras, el cargo de director no es homologable al de presidente o ejecutivo principal.
La ley dice que una de las incompatibilidades para ejercer el cargo es ser presidente o ejecutivo principal de una entidad financiera, lo que -según expone Berner- no se cumple en el caso de Vial.
"No cabe sino concluir que el Sr. Vial Ruiz-Tagle no se encuentra afecto a las causales de incompatibilidad establecidas en el artículo 5 de la Ley N° 21.148" que crea el CFA, concluye la subsecretaria.
La situación de Hermann González
Luego, en el oficio se aborda la consulta sobre González, también desde el punto de vista de una eventual incompatibilidad de cargos.
La situación es distinta a la de Vial, argumenta Berner, porque el hasta el martes pasado vicepresidente del CFA ejerce el cargo de consejero desde el 2021.
"Aunque presumiblemente, debería aplicarse en este caso el mismo análisis basado en los artículos 5 y 6 de la Ley N°21.148 recientemente expuesto para el Sr. Vial, un pronunciamiento del Ministerio de Hacienda resulta más delicado en este caso, por cuanto se refiere a un consejero en ejercicio de un organismo autónomo como el CFA. Por esta razón, si a la comisión (de Hacienda del Senado ) le asistiera alguna duda al respecto, solicitaríamos que ésta fuera dirigida a la Contraloría General de la República", recomienda el documento.
El rayado de cancha a ambos
Hacia el final del oficio, Berner analiza los potenciales conflictos de interés para ambos consejeros, debido a la información a la que acceden en el ejercicio de sus cargos en el Consejo Fiscal Autónomo.
Ahí el rayado de cancha fue más explícito, señalando que ambos tienen el deber de informar potenciales conflictos de interés y también tienen la obligación de guardar reserva respecto de antecedentes a los que accedan y que no sean públicos.
En el caso de acceso a información privilegiada, Hacienda señala que le es aplicable a los consejeros del CFA las normas del artículo 13 de la Ley N° 21.148, en cuanto a que, en el ejercicio de sus funciones, los miembros del Consejo no pueden divulgar información que no haya sido publicada de acuerdo a las formas y procedimientos establecidos para ello en el reglamento de la Ley, y la infracción de la obligación o la utilización por parte de los consejeros, en beneficio propio o ajeno, de la información reservada señalada será sancionadas con la pena de reclusión menor en su grado mínimo a medio y con multa de seis a veinte unidades tributarias anuales.
Adicionalmente, dice Berner en el texto, el artículo 4 de la Ley que crea el CFA dispone que la vulneración de la prohibición de divulgar información por parte de los consejeros se considerara también falta grave al cumplimiento de las obligaciones como miembro del Consejo.
"Estas normas, así como las aplicables a directores de sociedades anónimas, de instituciones financieras y de administradoras de fondos de pensiones, son especialmente relevantes en este caso, no sólo por el acceso de los consejeros del CFA a información fiscal y económica de alcance general, sino porque tanto AFPs como compañías de seguros invierten en títulos del Gobierno, cuya valorización en el mercado se puede ver afectada por datos y decisiones de política fiscal", sentencia la subsecretaria.
De hecho, el oficio señala que las AFP mantienen cerca de un 20% de sus activos invertidos en títulos públicos, mientras que en el caso de compañías de seguro dicha proporción es de un 4%.
"En tales circunstancias, es responsabilidad de los propios consejeros indicar cuando se pueden ver enfrentados a un conflicto de interés y las acciones, dentro de las previstas por la legislación, que adoptaran para neutralizar dicho riesgo. Asimismo, recae sobre los propios consejeros adoptar las medidas que el ordenamiento jurídico prevé para la debida reserva de la información que como consejeros acceden", cierra el documento.