Tras una extensa y detallada relación de los antecedentes por parte
del secretario general del Senado, Carlos Hoffmann, la Sala de la
Cámara Alta acogió por unanimidad el informe de la Comisión de
Constitución que resolvió declarar improcedente la solicitud de
desafuero presentada en contra del Ministro de Transportes y
Telecomunicaciones, René Cortázar.
Cabe recordar que el
pasado 15 de agosto, un grupo de ambientalistas encabezados por Manuel
Baquedano y Luis Mariano Rendón presentaron ante el Senado la citada
solicitud, pues buscaban iniciar acciones judiciales en contra del
secretario de Estado por el incumplimiento de normas mínimas de emisión
de partículas contaminantes de los buses del Transantiago.
La
presentación se fundamentó en el artículo 53 de la Constitución que
establece como atribución exclusiva del Senado el "decidir si ha o no
lugar la admisión de las acciones judiciales que cualquier persona
pretenda iniciar en contra de algún Ministro de Estado, con motivo de
los perjuicios que pueda haber sufrido injustamente en el desempeño de
su cargo".
Y fue la Comisión de Constitución, presidida por
el senador José Antonio Gómez, la que tuvo a su cargo el análisis de
todos los antecedentes, para lo cual realizó un total de seis sesiones
en las que además de escuchar las exposiciones de las partes, consideró
los informes de los profesores de derecho constitucional, Teodoro
Ribera y Francisco Zuñiga.
También analizó la evolución histórica de la
norma constitucional, concluyendo que sólo se requiere autorización
previa del Senado para interponer acciones civiles judiciales
indemnizatorias en contra de un ministro de Estado.
Durante su
relación, el secretario del Senado recordó que son tres las acciones en
que se fundamentaron los peticionarios para solicitar el desafuero:
acciones ambientales, penales y civiles.