El pasado viernes, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), en representación de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), ingresó un reclamo de ilegalidad en la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de la decisión de amparo del Consejo para la Transparencia (CT).
Esto, tras la solicitud realizada por el abogado Raimundo Labarca, representante de Julio Ponce Lerou, quien apeló a su derecho de acceso a la información, luego de que el regulador rechazara la solicitud de entrega de ciertos antecedentes de la investigación, ya que, a su juicio, al acceder a dichos requerimientos se podrían vulnerar causales de secreto o reserva, además de eventualmente haber terceros afectados en sus derechos.
En la solicitud del CDE, se indica que la orden del Consejo para la Transparencia “adolece de manifiesta ilegalidad”, ya que mediante la entrega de información solicitada por la defensa de Julio Ponce Lerou, “se vulnera de manera flagrante la causal de secreto o reserva; pasando además por sobre las facultades legales de la SVS tanto en orden a la reserva de información, como respecto de la sustanciación de sus procesos administrativos en el ejercicio de la potestad sancionatoria”.
Según expone en el documento, “la reserva invocada por la SVS es total y absolutamente válida para efectos de denegar el acceso a la información, en todo aquello que guarda relación con los nombres y análisis de operaciones de otros participes en operaciones vinculadas o relacionadas con la investigación”.
Además, el CDE puntualiza que “el CT se ha desviado absolutamente de su cometido esencial impuesto por su regulación propia, sólo con el objeto de obligar a la SVS a entregar una información que afecta directamente a terceros”
Es más, la SVS indicó que el CT “se escapa total y absolutamente de su competencia para pronunciarse respecto de otras materias que no versan sobre el derecho al acceso a la información”.
Responde la defensa
En tanto, Labarca indicó que “el Reclamo de Ilegalidad interpuesto por la SVS en contra de la decisión del CT importa una confesión de la SVS en cuanto a que no tiene estudio ni análisis alguno respecto de los precios de mercado en función de los cuales se formularon los cargos. O sea, con su reclamo la SVS reconoce explícitamente que deberá absolver a nuestro representado poniéndole una lápida a la teoría del esquema”.
Labarca también puntualiza que “decir que la autoridad se encontraría impedida de entregar la información en función del deber de reserva que contempla su ley orgánica es sencillamente un absurdo y una alegación que ha sido sistemáticamente rechazada por los Tribunales ya que importaría derogar de facto el derecho a la información que asegura la Constitución”.
Además, indica la defensa de Ponce, “parece especialmente grave que el recurso de la SVS pretenda minimizar la tarea que le cabe al CT, sosteniendo, en forma casi imprudente, que dicho organismo no puede pronunciarse acerca del derecho a defensa de nuestro representado”.