Cámara Nacional de Comercio se suma a voces que piden postergar el IVA a servicios y enumera cuatro complejidades
El gremio apunta a una serie de prestaciones que comenzarán a pagar el gravamen, como el cuidado de ancianos y centros de rehabilitación de drogas, entre otros.
Por: Sebastián Valdenegro
Publicado: Martes 20 de diciembre de 2022 a las 10:05 hrs.
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La discusión sobre la pronta aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a casi la totalidad de los servicios en el país, a partir del 1 de enero, sigue sumando voces. En los últimos días fueron los colegios de abogados y contadores los que enviaron cartas a autoridades y parlamentarios solicitando su postergación, pero este martes fue el turno de los gremios empresariales.
La Cámara Nacional de Comercio (CNC) publicó una declaración donde también pide postergar la entrada en operación de la nueva norma, aduciendo una serie de situaciones que harían difícil su aplicación a partir del primer día de 2023.
"La Cámara Nacional de Comercio, Servicio y Turismo de Chile solicita al gobierno y a los parlamentarios, revisar el artículo 6 de la Ley 20.420 que modificó el IVA a los servicios, gravando aquellos que antes no se encontraban afectos a este impuesto. Creemos que debiera modificarse dicha norma en términos de restringir su aplicación solo respecto de las operaciones que se realicen con contribuyentes que pagan ese impuesto. Asimismo, y dado que cualquier cambio normativo requiere tiempo, solicitamos se suspenda su aplicación, invocando en esta solicitud lo mismo que se hizo cuando se aprobó la ley que condicionaba el uso del crédito fiscal a que el IVA estuviere pagado", señala el gremio.
El nuevo IVA a los servicios, exceptuando los prestados por sociedades profesionales de personas y algunas prestaciones de salud, educación y transporte, es una de las medidas para financiar la Pensión Garantizada Universal (PGU).
El presidente de la Sofofa, Richard von Appen indicó esta mañana que la CNC es quien discutirá el tema, pero señaló que "hay algunos cambios que están parte de los compromisos como para poder financiar también el aumento de las pensiones, la PGU, que ha sido muy relevante porque ha mejorado las pensiones de forma sustancial para los bajos ingresos, así que espero que se encuentre un punto intermedio luego".
Cuatro complejidades
La declaración de la CNC apunta a cuatro situaciones que dificultarían la aplicación del nuevo hecho gravado con IVA.
La primera es que algunos servicios aumentarían su precio a partir de la aplicación del IVA, como por ejemplo lo que se paga por el cuidado de ancianos y centros de rehabilitación de drogas; lo que los condominios pagan por la seguridad y la mantención de los jardines; lo que los deudos pagan a los cementerios por las mantenciones de las sepulturas; y los servicios profesionales prestados por empresas cuyos socios no son profesionales.
El segundo argumento es que aunque las empresas no quieran trasladar el valor del IVA al precio de los contratos, se verán "obligadas a tener que hacerlo, porque la base sobre la cual se cobra ese impuesto es el precio acordado".
"El prestador del servicio no puede justificar que el IVA se encontraba incluido en el precio acordado con el cliente, ya que el SII sobre ese precio final aplicará el 19% correspondiente al IVA. Por otro lado, si no se traslada a precio el IVA y se paga con cargo al precio acordado, el consumidor podría reclamar que se le restituya, porque no habría formado parte del precio convenido", argumenta la CNC.
En tercer lugar apuntan al caso de las empresas que prestan servicios que se repiten en el tiempo, ya que podría considerarse que estos son periódicos y el Fisco, por tanto, "podrá exigirles que el IVA se pague antes de que el precio se perciba".
"El problema es que en muchos casos los clientes no pagan los servicios y si eso es así, las empresas no tendrán cómo recuperar el impuesto que paguen al Fisco. Por el no pago del IVA la autoridad puede cobrar multas muy altas e incluso llegar a denuncias que impliquen arresto para los contribuyentes", advierte el gremio.
Un último argumento es que resulta "impracticable" establecer que solo las sociedades profesionales no paguen IVA, porque si un socio muere deja de tener el beneficio. "Además, debiera establecerse que dichas entidades siempre son Pymes, independientemente de las normas de relación, porque su aplicación conlleva que, si un socio participa en sociedades con alto flujo, impedirá que los demás puedan beneficiarse de la cláusula Pyme, introduciendo una diferencia que resulta injusta", plantea la declaración.
En esta línea, plantean que "no es posible que los socios sepan además en qué tienen invertidos sus ingresos los otros socios", por lo que bastaría que uno de ellos invierta por medio de un corredor de bolsa para que la sociedad de profesionales no pueda ser Pyme.
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