Gobierno inicia la segunda gran reforma a la Justicia con creación de nuevo código procesal
El proyecto de ley establece nuevos procedimientos, con audiencias orales y públicas.
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Por C. Betancourt
Con la firma del proyecto de ley que crea un nuevo Código Procesal, el gobierno inició ayer a la llamada Reforma Procesal Civil. En una ceremonia en el patio de Las Camelias de La Moneda, el presidente Sebastián Piñera, junto al ministro de Justicia, Teodoro Ribera, precisó los alcances de esta iniciativa que en lo medular, establece nuevos procedimientos en las audiencias orales y públicas, favoreciendo la resolución de más de dos millones de conflictos en la materia, lo que representa el 60% de las causas ingresadas a tramitación ante los Tribunales de Justicia.
Al respecto, el mandatario precisó que este nuevo procedimiento -que ayer ingresó a tramitación en el Congreso- permitirá “reducir sustancialmente el tiempo y los costos de la tramitación de los juicios, dando así acceso mucho más igualitario y eficaz a la Justicia, especialmente, a los sectores de menores recursos que son lo que se sienten más alejados y más discriminados por nuestro actual sistema de justicia civil”, sostuvo.
El nuevo texto, que fue trabajado por el Ministerio de Justicia junto a una comisión de académicos y profesionales del derecho, reemplazará al actual Código de Procedimientos que data de 1903, y que significa en la práctica, que un litigio civil pueda recién resolverse en un tiempo promedio de 5 años o más, sólo en primera instancia “lo que hace que sea totalmente ineficiente para la pretensión de las partes”, explicó el ministro Ribera.
De esta forma, la reforma de enjuiciamiento civil sigue los pasos de la modernización de la justicia que comenzaron con la Reforma Procesal Penal el año 2000, la reforma a la Justicia de la Familia, y la Justicia Laboral u de Cobranza Previsional.
ABC del nuevo código
El proyecto del nuevo Código Procesal Civil, permitirá un cambio en el actuar y poderes del juez en el proceso, quien deberá asumir un rol mucho más activo del que hoy realiza. Para ello, se sustituirá un procedimiento escrito por uno de audiencia, con preminencia de la oralidad.
De esta forma, las etapas y plazos por las que transita un conflicto disminuirán ostensiblemente a favor de todos los intervinientes, pasando de los cinco años en promedio que demora una disputa a aproximadamente 170 días, en torno a los seis meses.
Con el fin de fortalecer la sentencia de primera instancia, el proyecto consagra como principio y regla general la posibilidad de solicitar el cumplimento y ejecución inmediata de las mismas, aun cuando existan recursos pendientes en su contra.
Mayor tecnología
Otra de las modificaciones que se destacan, será la descentralización de la ejecución, lo que permitirá descargar a los tribunales de las labores administrativas. Para ello, se crea la figura del “oficial de ejecución” como órgano especializado, encargado de llevara adelante todas las actuaciones de apremio, incluido el embargo.
A su vez, este nuevo procedimiento incorpora el uso de la tecnología, con la digitalización de los expedientes, la posibilidad de realizar notificaciones a través de internet, remplazando por ejemplo, las notificaciones presenciales.
Por otra parte, el Código será mucho más simple porque reduce a sólo dos lo más de 20 procedimientos actualmente regulados por el actual Código de Procedimientos. Lo que significa, que se dejarán a leyes especiales materias como el arbitraje, la partición de bienes, el arrendamiento y asuntos judiciales no contenciosos, como por ejemplo, las posesiones efectivas testadas o las concesiones de explotación o exploración minera, cuyo conocimiento también son de competencia de los tribunales ordinarios.