Para las 4 de la tarde de hoy están programados los alegatos ante el Tribunal Constitucional (TC) por el recurso de ilegalidad que presentó Patricio Contesse contra el Ministerio Público.
De esta forma, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos (SII) ya anunciaron que se harían parte en los alegatos. El fiscal nacional, Sabas Chahuán solicitó la mayor cantidad de tiempo, 30 minutos; seguido del subdirector jurídico del SII, Cristián Vargas, que pidió 20 minutos y el presidente del CDE, Juan Ignacio Piña, que se anotó con 10 minutos.
Otros que alegarán en la causa son el denunciante, Samuel Donoso, abogado del ex gerente de SQM, y también los abogados de Vidriería La Argentina y Jorge Chabrín, quienes se querellaron por estafa contra los controladores del grupo Penta, quienes solicitaron un tiempo de 15 minutos para el ex fiscal Alejandro Peña, su abogado, quien también presentará sus argumentos.
El recurso de Contesse
El martes de la semana pasa da, Patricio Contesse, ex gerente general de SQM, ingresó un recurso de inaplicabilidad por inconstitucionalidad contra la Fiscalía por la solicitud de información contable de la firma, acusando que "el fiscal nacional, al margen de las facultades legales que la ley le conceden" habría hecho las peticiones excediendo la querella del SII.
Además, argumentó que por investigaciones relacionadas con delitos tributarios, es resorte del SII el investigar estos temas y que éste sólo habría mandatado al Ministerio Público acreditar la falsedad de la boleta de María Carolina de la Cerda del 21 de julio de 2009 y no el resto de la contabilidad.
El TC admitió a trámite el recurso, ordenando además que no se realicen medidas intrusivas en la minera no metálica. Por su parte, la fiscalía pidió al SII que le envíe los antecedentes que SQM hizo llegar.
Ante esto, Contesse contraatacó, presentando un recurso de aclaración, argumentando que la petición que hizo la fiscalía al SII de la información "elude de manera bastante burda", lo ordenado por el TC. Además, indicó que de proceder, dejaría "abierta la puerta para que el MP quede facultado para investigar cuando le parezca hechos que sólo pueden ser investigados previa acción penal de la víctima", consignó la presentación.
Acto seguido, el Ministerio Público respondió pidiendo la inhabilidad de uno de los ministros del TC, Cristián Letelier, solicitud que fue rechazada por el Tribunal, no obstante, Letelier finalmente optó por inhabilitarse del caso.
Con todo, el TC ordenó el viernes al SII y la fiscalía pronunciarse sobre el recurso de aclaración que presentó Contesse. Así, durante el fin de semana, ambas entidades respondieron al TC, rechazando los argumentos del ex gerente de SQM.
contesse pretende "cercenar" a la fiscalía
El documento enviado por el mismo Sabas Chahuán señala que la aclaración de Contesse no correspondería, pues la resolución del TC dice relación con medidas intrusivas y no con otros aspectos jurídicos. "No hay nada que aclarar en la resolución dictada por este alto tribunal", dice el escrito. Acto seguido, rechaza la aseveración que hace el abogado del ex gerente de SQM, acerca de que la fiscalía al pedir la información al SII buscara eludir la medida cautelar del TC.
Además, indica el fiscal nacional que la solicitud de información al Servicio no puede ser considerada intrusiva, pues se hizo una petición de entrega voluntaria a la que accedió la empresa.
Con todo, Chahuán señala que "el requirente pretende finalmente con su improcedente petición de aclaración, es que un órgano autónomo, como el Ministerio Público, vea cercenadas por esta vía sus facultades constitucionales (...) en cuanto a investigar los hechos constitutivos de delitos".
"La solicitud no requiere autorización judicial"
El Servicio de Impuestos Interno argumenta en su respuesta al Tribunal que lo que pidió la Fiscalía dice relación con una investigación de delitos de cohecho, apropiación indebida, contrato simulado y otros, por lo que no corresponde a delitos tributarios como acusa Contesse, razón por la cual procedía entregar la información. Además, señala que la orden del TC indicaba que la Fiscalía no podía realizar acciones intrusivas, pero que la solicitud de antecedentes no aparecía mencionada en el Código Penal, por lo que no aplicaría la petición. "Las normas legales citadas en el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, así como las demás normas del Código Procesal Penal, se desprende sin lugar a dudas que no constituyen medidas 'intrusivas' las solicitudes de información formuladas por el Ministerio Público".
Por lo mismo, agrega, por estar dentro de sus facultades legales y no ser una medida de ese tipo, "la solicitud del Ministerio Público en el presente caso no requiere autorización judicial previa".