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REGÍSTRATE AQUÍLa FNE solo investigará cuando la participación de mercado de las firmas involucradas supere el 35% del mercado afectado.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Miércoles 15 de octubre de 2014 a las 14:04 hrs.
El Fiscal Nacional Económico, Felipe Irarrázabal, presentó hoy en la Cámara de Comercio de Santiago (CCS) ante un grupo de empresarios y ejecutivos, la "Guía para el Análisis de Restricciones Verticales", la cual establece los lineamientos que regirán el trabajo de la Fiscalía para evaluar los mecanismos que regulan las condiciones comerciales pactadas o impuestas entre empresas en distintas fases de la cadena productiva.
En el marco del encuentro, el secretario general de la CCS, Cristián García-Huidobro, valoró la iniciativa de la FNE "en orden a difundir pautas de buenas prácticas en libre competencia que es una viga central de una buena economía de mercado. De esta forma se puede dar mayor certeza a los actores acerca de los criterios con que procede la FNE".
Según explicó Felipe Irarrázabal, la Fiscalía realizará el análisis de las restricciones verticales en tres etapas. La primera de ellas consistirá en definir la participación de mercado que poseen los protagonistas de la conducta, entendiendo que -a mayor concentración- se eleva la probabilidad de que las restricciones verticales provoquen efectos o riesgos anticompetitivos significativos.
De este modo, se estableció que la FNE solo investigará cuando la participación de mercado de las firmas involucradas supere el 35% del mercado afectado. En dicha la situación, la investigación seguirá su curso hacia los otros dos niveles: la evaluación de los efectos anticompetitivos del mecanismo cuestionado y la determinación de las eficiencias que emanan de éste.
Para ello, la guía distingue entre dos tipos de restricciones verticales: las intramarcarias, que sólo afectan la comercialización de productos del proveedor que las establece y las intermarcarias, que tienen efectos sobre terceros, es decir, sobre competidores del proveedor.
En el primer caso, el documento menciona como ejemplos la fijación de un precio mínimo de reventa, la asignación de territorios al distribuidor y la exigencia de un distribuidor único, entre otros. En el segundo, alude a los acuerdos de exclusividad entre un proveedor y un distribuidor, la aplicación de descuentos por volumen, el pago por acceso a góndolas o el requerimiento mínimo de compras.
"La FNE decidió enfocarse en las restricciones verticales porque estima que éstas traen consigo una serie de riesgos o efectos. Así por ejemplo, pueden promover o facilitar la colusión o coordinación a nivel de proveedores o distribuidores y bloquear o retardar la entrada o expansión de otros actores a una industria", explicó el Fiscal Irarrázabal.
En el largo plazo, se estima que entre un 10% y un 20% de los trabajadores podría mantenerse en modalidades predominantemente remotas, mientras que la mayor parte continuará operando bajo esquemas híbridos con una presencia creciente en la oficina.
“La administradora considera prudente observar si los niveles actuales de liquidez del mercado se sostienen, considerando el dinamismo observado durante los últimos meses”, explicó la gestora.
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