Empresas
TDLC estudiará recomendar un cambio a ley de marina mercante
Fiscalía Nacional Económica presentó consulta ante el organismo antimonopolio.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 4 de mayo de 2012 a las 05:00 hrs.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) resolvió que estudiará la posibilidad de recomendar la derogación de una disposición de la Ley de Marina Mercante que establece la exención a las normas de competencia que rige respecto de las compañías navieras partícipes de las conferencias, consorcios y convenios, a fin de que los organismos respectivos ”puedan revisar y analizar si los acuerdos entre compañías navieras se ajustan o no a los principios de competencia”.
La Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó una consulta el pasado lunes para que el TDLC recomiende modificar el artículo 5 de la Ley de Marina Mercante, que establece que las empresas navieras chilenas “no estarán sujetas a las normas del Decreto Ley Nº 211, en cuanto participen de ciertas operaciones, acuerdos o prácticas del sector de transporte de carga por vía marítima, tales como conferencias marítimas entre compañías navieras, convenios de pool suscritos entre éstas y consorcios que regulen y racionalicen servicios”.
Y es que entre las facultades del TDLC se encuentra la de “recomendar al gobierno la modificación o derogación de normas legales o reglamentarias que puedan estimarse contrarias a la competencia”.
Los acuerdos navieros más relevantes son las llamadas Conferencias Marítimas, las que, “en términos simples, consisten en agrupaciones de compañías navieras que proveen servicios internacionales de transporte regular de carga en una o más rutas particulares, principalmente en contenedores, en cuyo marco acuerdan diversas condiciones para la provisión de sus servicios (capacidad, itinerarios, etc.), operando bajo tarifas comunes o uniformes”.
Según lo informado por la FNE, en la práctica sólo dos firmas chilenas –Compañía Sud Americana de Vapores y Compañía Chilena de Navegación Interoceánica -, junto con las principales compañías navieras a nivel mundial –Maersk, Mediterranean Shipping Co., Hamburg Süd, entre otras- participan en una conferencia , la cual opera entre la costa oeste de Sudamérica y el continente asiático, incluyendo Chile.
Para el análisis de los efectos de la exención en el mercado de transporte marítimo regular de carga, “la FNE tuvo en consideración las recomendaciones efectuadas por la OCDE, en relación a su remoción por parte de sus países miembros”.
Al respecto, “si bien en la Unión Europea las Conferencias se habían encontrado históricamente exentas de las normas de competencia, con posterioridad a las recomendaciones de la OCDE, se promovieron diversos debates legislativos que culminaron en la supresión a nivel comunitario de la exención que ostentaban las Conferencias de la aplicación del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, a partir de octubre de 2008”.
El TDLC dispuso un plazo de 40 días hábiles para recibir antecedentes.
Según la FNE lograr la modificación ”resulta crucial para el incremento del comercio exterior de Chile”.