Sorpresa generó el acuerdo que firmaron el miércoles el ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, la presidenta del Senado, Paulina Núñez, y algunos senadores del PPD -entre ellos Ricardo Celis y Loreto Carvajal- para modificar en forma sustancial el mecanismo de invariabilidad tributaria de la ley miscelánea.
De esta forma, se establece que la invariabilidad ya no será de 25 años, sino escalonada bajo los siguientes parámetros: las inversiones entre US$ 50 millones y menos de US$ 100 millones podrán acceder a un régimen de invariabilidad por 10 años; aquellas entre US$ 100 millones y menos de US$ 350 millones tendrán un plazo de 15 años; y solo las inversiones superiores a US$ 350 millones podrán acceder a un máximo de 20 años.
El acuerdo considera también que las empresas que firmen el contrato ley con el Estado para acceder al sistema pagarán una sobretasa de 1,5% -aplicada al impuesto de Primera Categoría-, además de someterse a una mayor solicitud de antecedentes respecto del origen de los fondos y del comportamiento del inversionista.
Un informe elaborado por Deloitte da cuenta de lo inusual que es en el mundo la existencia de regímenes de invariabilidad tributaria.El reporte del socio de Tax & Legal, Joseph Courand, y el gerente senior de Tax & Legal, Gonzalo Zegers, analiza la experiencia comparada de un grupo de países que tienen esquemas de protección de inversionistas, algunos de los cuales pueden presentar semejanzas a Chile.
La invariabilidad ya no será de 25 años, sino escalonada: las inversiones entre US$ 50 millones y menos de US$ 100 millones podrán acceder a un invariabilidad por 10 años; entre US$ 100 millones y menos de US$ 350 millones a 15 años; y las superiores a US$ 350 millones a un máximo de 20 años.
Argentina
El vecino país tiene el denominado RIGI (Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones), que asegura 30 años de estabilidad en la carga tributaria. El monto mínimo de la inversión oscila entre US$ 200 millones y US$ 600 millones, según el tipo de inversión, tanto para nacionales como extranjeros.
La estabilidad se relaciona con temas tributarios, aduaneros y cambiarios, además de incentivos como la reducción de ganancias y amortización acelerada. Este esquema no solicita una prima de acceso.
Perú
Dicha nación cuenta con un convenio de estabilidad jurídica con plazos mixtos: de 10 años en general y de hasta 15 años para el sector minero, con pisos mínimos de inversión de US$ 5 millones en el régimen general y desde US$ 10 millones para los rubros de minería e hidrocarburos. Aplica para inversionistas nacionales y extranjeros.
El beneficio implica la estabilización del impuesto a la renta y el régimen de disponibilidad de divisas. Sí considera el cobro de una prima: la tasa del impuesto a la renta más dos puntos porcentuales.
Las empresas que firmen el contrato ley con el Estado para acceder al sistema pagarán una sobretasa de 1,5% -aplicada al impuesto de Primera Categoría- y también se les solicitarán mayores antecedentes.
Ecuador
El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones (Copci) es el instrumento de invariabilidad que considera Ecuador para las inversiones locales y extranjeras. Implica estabilidad por contrato de inversión, con la exención del impuesto a la renta por cinco años (en general) y hasta 10 a 15 años en sectores priorizados. El umbral para acogerse es dual: contrato de inversión desde US$ 250.000 en el primer año y estabilidad tributaria especial desde US$ 100 millones en ciertos sectores.
El inversionista se acoge a una estabilidad acotada a los incentivos del contrato de inversión (tarifa de impuesto a la renta y beneficios pactados). El costo de acceso para la estabilidad es opcional: una tarifa del impuesto a la renta más dos puntos porcentuales y la reducción de hasta cinco puntos porcentuales para una nueva inversión.
Panamá
En Panamá el instrumento es un contrato y registro de estabilidad jurídica de inversiones, acotado a un plazo de 10 años, para un monto mínimo de inversión desde US$ 2 millones, tanto para inversionistas nacionales como extranjeros.
Cubre a sectores amplios y asegura estabilidad jurídica, impositiva nacional (excluye los impuestos indirectos), municipal, aduanera y laboral. No existe una prima o cobro de acceso.
Mongolia
En el país asiático, desde 2013 existe el certificado de estabilización y el contrato de inversión para montos mayores. Su duración oscila entre 5 a 18 años, según monto, sector y ubicación, pero es ampliable en 1,5 años en proyectos estratégicos. Los umbrales son escalonados por sector/ubicación, con un contrato de inversión mínimo de US$ 145 millones. El beneficio es para locales y extranjeros.
El convenio implica estabilizar el impuesto a la renta corporativa, el IVA, los aranceles y las regalías minerales, aunque si las tasas bajan el inversionista puede optar por la menor. El acceso no implica el pago de una prima, sino solo cumplir con el umbral mínimo de inversión.
Kazajistán
En Kazajistán existen el contrato de inversión con el Comité de Inversiones y Kazakh Invest, bajo el Código Empresarial y la Ley de Inversiones. Su duración oscila desde 10 años en el acuerdo de estabilidad de obligaciones de inversión y hasta 25 años en acuerdos de inversión de gran tamaño. El umbral para acogerse es escalonado: desde US$ 15 millones para una planta nueva, desde US$ 39 millones para una ampliación y US$ 56 millones para el pacto de 25 años.
El acuerdo entrega acceso a estabilidad de la legislación tributaria y laboral-migratoria para proyectos prioritarios. El acuerdo de obligaciones de inversión congela IVA, retenciones, impuesto a la nómina, impuestos específicos y pagos ambientales, pero excluye cambios por seguridad nacional, ambiental o de salud.
No cobra una prima de acceso, pero sí se establecen compromisos a la hora de la firma del contrato entre las partes.