Colusión del gas industrial: Cordero anuncia proyecto de ley que armoniza las sanciones penales por delitos económicos
El titular de Justicia calificó como grave la denuncia de la FNE contra dos compañías y puso de relieve que no solo afecta el funcionamiento de los mercados, sino que también el bienestar social.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Martes 7 de mayo de 2024 a las 15:00 hrs.
Luis Cordero, ministro de Justicia.
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Como un “hecho grave en un mercado contumaz en colusión”.
Así calificó el ministro de Justicia, Luis Cordero, la denuncia realizada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) en contra de dos empresas de gas industrial (Indura y Linde), a quienes acusa de colusión en los años 2019 a 2021 y que habría afectado a empresas y hospitales en el marco de la pandemia.
En conversación con Diario Financiero, la autoridad destaca la importancia de haber modernizado la Ley de Delitos Económicos y anuncia que pronto el Ejecutivo enviará un proyecto que armoniza las sanciones por conductas colusivas, que permitirá aplicar responsabilidades penales también a personas jurídicas.
- ¿Cuál es su primera reacción a la acusación de la FNE de colusión en el mercado del gas industrial?
- Hay dos problemas en el caso del oxígeno. Primero, la gravedad de la colusión, que por definición afecta el funcionamiento de los mercados y el bienestar social. En el caso de este ámbito en particular, además, compromete el funcionamiento de actividades esenciales y entre otras cosas la atención de la salud pública. Además, una de las cuestiones más graves de este caso es que este es un mercado que ya había sido investigado en la década del 2000 por colusión y que también había afectado a hospitales públicos.
- ¿Qué sucedió en ese caso?
Se condenó, pero la Corte Suprema dejó sin efecto las sanciones por un estándar de prueba. ¿Por qué esto es tan relevante? Porque el caso que resolvió la Corte Suprema de colusión de oxigeno el año 2007 golpeó muchísimo al régimen sancionatorio de colusión en libre competencia y explica una cantidad importante de las modificaciones posteriores.
Pero lo grave de este caso de ahora es no solo por la contingencia, sino que porque este es un mercado, el del oxígeno en general y el oxígeno medicinal en particular, que es contumaz en la colusión y por eso no hay que dejar de pasar por alto la sentencia del año 2005, que lamentablemente la Corte Suprema dejó sin efecto el año 2007 por un estándar de prueb. Ese es un caso que golpeó mucho en los debates de colusión y libre competencia y que explicaron las modificaciones posteriores.
Luego tenemos el caso farmacias, como se modificó la ley y como terminamos nuevamente estableciendo el delito de colusión en el artículo 62 de la Ley de Libre Competencia. Y ahora la Ley de Delitos Económicos, que tiene una norma específica de la transición.
- ¿En qué consiste y cómo se aplica en este caso?
El gran avance es que el delito de colusión forma parte de los delitos económicos. En consecuencia, no solo son responsables penalmente los ejecutivos, sino que también son responsables las personas jurídicas. Sin embargo, esta norma de responsabilidad de la persona jurídica no es aplicable en este caso por dos motivos.
Uno por el momento en que los hechos ocurrieron, ya que no estaba vigente la Ley de Delitos Económicos.
Y en segundo lugar, porque la Ley de Delitos Económicos obliga para su entrada en vigencia de esta parte a coordinar el régimen de penas. El artículo 65 de la Ley de Delitos Económicos establece que en el caso de la responsabilidad penal de las personas jurídicas por delito de colusión, estas normas van a entrar en vigencia una vez que se dicte la ley que coordine el régimen sancionatorio, porque hay que coordinar las sanciones de la ley con la Ley de Libre Competencia para la responsabilidad penal de las personas jurídicas.
Ese es un proceso en que estamos en una etapa de elaboración de ese proyecto en conjunto entre el Ministerio de Justicia y el de Economía.
- ¿Cuándo se presenta ese proyecto?
- La norma que coordina las sanciones entre las legislaciones para el régimen de responsabilidad penal de personas jurídicas es un proyecto de armonización para delitos económicos en materia de colusión que debiera ingresar en la primera parte del segundo semestre de este año. En esa norma trabajamos actualmente con el Ministerio de Economía.
Pero quiero reiterar que este caso es bien importante para demostrar la importancia de la Ley de Delitos Económicos y por qué incorporar la colusión como un delito económico.
Lo segundo es que con la entrada en vigencia en esta parte para el delito de colusión no solo van a ser parte responsables penalmente los ejecutivos, sino que también las personas jurídicas y este es un antecedente conveniente a tener presente.
Finalmente, que este caso es particularmente grave en un mercado que es contumaz en colusión y ese es uno de los casos emblemáticos del por qué hemos tenido que hacer cambios significativos en la normativa anticolusión.
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