Construcción

Sociedad Concesionaria Ruta del Loa pide al MOP casi US$ 12 millones como indemnización por atrasos en revisión del proyecto y acusa sobrecostos

La concesionaria apuntó al “Principio de Reparación Integral” y dijo que la reparación "debe ser total, integral, completa, sin limitaciones cuantitativas ni cualitativas".

Por: Claudia Saravia | Publicado: Martes 11 de abril de 2023 a las 11:00 hrs.
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Cerca de US$ 12 millones como indemnización. Ese es el millonario monto que solicita la Sociedad Concesionaria Ruta del Loa al Ministerio de Obras Públicas (MOP) por atrasos en la revisión de la etapa de ingeniería de las obras. Esto, pues según acusa, la demora afectó no sólo los plazos establecidos de construcción, sino también implicó grandes sobrecostos durante esta etapa de ejecución del proyecto emplazado en la Región de Antofagasta, que apunta al mejoramiento y ampliación a doble calzada de la Ruta 25, en el tramo comprendido entre Enlace Carmen Alto hasta el empalme con Avenida Balmaceda en el norte de la ciudad de Calama. 

Es por eso que hace unos días la concesionaria -controlada por la operadora Isa Intervial- ingresó una discrepancia ante el Panel Técnico de Concesiones en contra de la cartera liderada por la ministra Jessica López, y culpó al MOP de incumplir los plazos, formalidad y obligaciones estipulados en el contrato correspondiente, “particularmente durante la Fase de Ingeniería de dicha etapa, el procedimiento de revisión y aprobación de los Proyectos de Ingeniería de Detalle (PID) de la Concesión”.

De acuerdo con el documento firmado por Pablo Anguita Mackay y Francisco Vargas Tonkin, ambos representantes de la empresa, la concesión en cuestión se encuentra dividida en dos sectores. Uno, es el Sector A, que contiene la Ruta 25 desde el Enlace Carmen Página 2 de 34 Alto hasta el empalme con la Av. Balmaceda, al norte de la actual rotonda de acceso sur a Calama. Mientras que el Sector B contiene la Nueva Circunvalación Oriente a Calama. 

Y se mencionó que son las mismas Bases de Licitación las que establecen que “el concesionario sólo podrá iniciar la construcción de aquella parte de la obra que cuente con la aprobación de los Proyectos Viales de Ingeniería correspondientes y con los terrenos necesarios para la ejecución de las obras”. 

“La Sociedad Concesionaria debía someter el Programa de Ejecución de Obras a aprobación del Inspector Fiscal; sin dicha autorización, las obras NO podían iniciarse”, agregó.

Retrasos y demoras

Es en este contexto que la empresa acusó de retrasos en el inicio de la construcción de las obras del Sector A por 173 días y del Sector B por 250 días, y de demoras en el proceso de revisión y aprobación del PID del Sector A por 453 días y del Sector B por 436 días.

Y estimó que el perjuicio económico soportado por ella y su contratista ha sido el siguiente: Por el impacto que tuvieron los retrasos en la elaboración del PID de las obras del Sector A y B por sobreestadía de los equipos de ingeniería, el perjuicio asciende a UF 163.004; y el mayor gasto general de gestión y operación de la empresa, proporcional al aumento de plazo de las obras por el retraso en la fecha de inicio de estas, que se estiman en UF 31.822. 

Adicionalmente, la firma apuntó al mayor gasto general de construcción del contratista proporcional al aumento de plazo de las obras, por el retraso en la fecha de inicio de las obras de cada sector por causas atribuibles al MOP en la revisión del PID, estimadas en UF 54.551; y a esto se suma el interés por los mayores costos incurridos en la elaboración del PID y en el retraso en la fecha de inicio de las obras respecto de la revisión del PID, cuyo monto asciende a UF 25.331. 

Firma exige reparación integral

“Los anteriores retrasos les significaron a la SC y a su Contratista, incurrir en mayores costos durante la etapa de construcción por la suma total de UF 274.708 (US$ 11,9 millones) + IVA”, mencionó la empresa. Y aclaró que “dado que la presente discrepancia considera retrasos imputables al MOP, queremos dejar expresa constancia –con la finalidad de evitar algún malentendido–, de que, en el presente contrato han existido extensiones a los plazos de construcción autorizados por la DGC, las que fueron soportadas en hechos posteriores y diferentes a los que produjeron los retrasos reclamados”. 

“Los atrasos que se detallan en esta Discrepancia han considerado que estas autorizaciones se han producido por hechos posteriores al proceso de revisión y aprobación del PID”, sostuvo.

Además, y según expuso en la discrepancia, “desde el punto de vista del privado, a quien se otorga la concesión, su principal obligación es la construcción, la conservación, mantención y la explotación de la obra pública (...) mientras que por su parte, el Estado debe cumplir con el resto de las obligaciones establecidas en el contrato, que en este caso recaen en el MOP”. 

Y se indicó que el contrato entre ambas partes se basa esencialmente en la “buena fe”, donde el MOP como la concesionaria deben mantener una constante colaboración. “En especial, exige para la administración cumplir con sus obligaciones, tales como el cumplimiento de los plazos que ella misma se impone en el contrato, para la revisión de los proyectos de ingeniería presentados por su contraparte”, añade.

“Por lo tanto, los perjuicios sufridos por el retraso en la elaboración de los PID, entre otras cosas, deben ser compensados a la sociedad concesionaria porque se trata de costos que no fueron ni pudieron ser considerados al momento de presentar la oferta (...) En consecuencia, respecto de la compensación pendiente, procede aplicar – en todo su vigor–, el denominado “Principio de Reparación Integral”, que establece que la reparación debe ser total, integral, completa, sin limitaciones cuantitativas ni cualitativas”, concluye el texto.

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